Convocatoria de subvenciones SOIB Oferta específica grados B de FP de nivel 1 y 2 para el periodo 2024-2026
El objeto de esta convocatoria conceder subvenciones para financiar Grados B de nivel 1 y 2 a impartir en los centros pertenecientes a la "Red de Centros de Formación Profesional gestionados por el SOIB", Centros FP SOIB, en la modalidad dirigida a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral.
Código SIA
3144165
Personas destinatarias
Se pueden beneficiar de las subvenciones las entidades de formación que soliciten actividad formativa, excepto los centros propios, siempre que:
1. Los centros donde se impartirá la formación estén autorizados para impartir Grados C de FP, ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares e inscritos en los correspondientes Registros.
2. La autorización sea para cada Grado C de FP, como mínimo, para el número de alumnos solicitados.
3. La fecha de autorización e inscripción, sea anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
4. La entidad de formación acredite un mínimo de dos años de experiencia en la atención a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral.
Personas destinatarias de la formación
Las persones destinatarias de la formación subvencionada mediante esta convocatoria tienen que pertenecer a colectivos con especiales dificultades formativas o de inserción laboral de acuerdo con el artículo 37 del Real decreto 659/2023 por el cual se desarrolla la Ordenación del Sistema de Formación Profesional:
a) las personas mayores de dieciséis años sin calificación e incorporadas a la vida laboral o que hayan abandonado el sistema educativo, porque puedan obtener un certificado profesional o un título de formación profesional .
b) las personas mayores de dieciseis años que no hayan desarrollado su historial escolar en el sistema educativo español y que tengan dificultades para incorporarse.
c) personas o grupos desfavorecidos en el mercado laboral o en riesgo de exclusión social.
Plazo máximo para la resolución y notificación
3 meses a contar desde la publicación de la convocatoria al BOIB
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)