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Ayudas de dinamización de la vida universitaria de las Illes Balears para el año 2025

Concesión de ayudas para llevar a cabo actuaciones de política estratégica universitaria que dinamicen la vida universitaria de las Illes Balears .

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Se pretende promover actividades como:

a) Congresos, jornadas, encuentros, cursos, seminarios, talleres o conferencias, enmarcados en el ámbito universitario, que tengan lugar en las Illes Balears, que no sean una repetición de contenidos académicos y que traten sobre temas de actualidad.

b) Actividades formativas e informativas sobre temas vinculados al acceso a la universidad, la oferta de estudios, las salidas profesionales, la formación permanente o la actualización profesional.

c) Actividades de tipo cultural que tengan un carácter complementario de las actividades académicas universitarias.

d) Otras iniciativas que complementen los puntos anteriores y que sean competencia de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.

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Importes:

- Importe de la actividad presentada: Mínimo de 500,00 euros (no se concederan subvenciones para importes inferiores a esta cantitat).

- Importe máximo de la subvención por actividad: 3.000,00 euros.

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Plazo para iniciar, llevar a cabo y finalizar las actividades: Desde el 16 de octubre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2025, ambos incluidos.

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Sólo se puede conceder una ayuda por actividad.

Código SIA

3173753

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:

1. Las personas físicas y las jurídicas, públicas o privadas, sin finalidad de lucro que promuevan alguna de las actuaciones con incidencia y repercusión en la dinamización de la vida universitaria de las Illes Balears que se establecen en el punto 1 de la convocatoria.

2. Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, a pesar de no tener personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades que se establecen en el punto 1 de la convocatoria.

3. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad, se tienen que hacer constar de manera explícita, tanto en la solicitud como en la Resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención que se tiene que aplicar a cada uno de los miembros, que también tienen la consideración de beneficiarios.

En todo caso, se tiene que nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes suficientes para poder cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

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Quedan expresamente EXCLUIDAS de la convocatoria:

La publicación de libros de actas o de comunicaciones de congresos o actuaciones similares, así como la reproducción, en cualquier formato o medio, de contenidos originales generados por entidades diferentes de la entidad solicitante.

Plazo máximo para la resolución y notificación

La concesión o la denegación de las ayudas se notificaran individualmente a los interesados.

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El plazo máximo para resolver los procedimientos y notificar la resolución es de seis meses a contar desde la finalización del plazo para presentar solicitudes. La persona o la entidad interesada puede entender desestimada su solicitud si, una vez transcurrido este plazo, no se le ha notificado ninguna Resolución.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

NO pueden ser beneficiarias de las ayudas:

Las personas o las entidades en las cuales se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005.

Las personas o las entidades sancionadas o condenadas en los últimos tres años porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

No se consideran entidades beneficiarias las entidades con finalidad lucrativa, comercial o mercantil o entidades similares.

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Trámites

X

Solicitud: Ayudas dinamización vida universitaria año 2025

Requisitos

Llevar a cabo actuaciones de política estratégica universitaria que dinamicen la vida universitaria de las Illes Balears .

Documentación a presentar

- Impreso de solicitud, rellenado y firmado debidamente por la persona solicitante. La solicitud se tiene que presentar de forma electrónica por medio del trámite telemático. El acceso al trámite telemático se tiene que hacer mediante identificación y firma electrónica.

- Declaración responsable de veracidad de datos bancarios de la cuenta del cual la persona física o jurídica solicitante es titular o cotitular debidamente rellenada y firmada por el solicitante.

El trámite telemático genera los formularios de la solicitud y de la declaración responsable de veracidad de datos bancarios.

- Memoria de la actuación: Descripción del proyecto de las actividades objeto de la ayuda, firmado por la persona responsable de la actividad (ver aparto d) del punto 10.1)). Para obtener el modelo, se tiene que clicar en "Memoria de la actuación" de la sección "Documentos relacionados con el trámite".

---------> Además de (según el caso):

A) Personas jurídicas públicas o privadas SIN FINALIDAD LUCRATIVA:

- Copia de la tarjeta de identificación fiscal (NIF).

- Documento acreditativo (nombramiento, poderes, etc.) de las facultades otorgadas al representante de la entidad que firma la solicitud.

- En el caso de entidades privadas sin ánimo de lucro: Acreditación de su personalidad mediante el documento constitutivo de la entidad y, si tienen, los estatus debidamente registrados en el registro correspondiente.

B) Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, SIN PERSONALIDAD JURÍDICA:

- NIF de cada uno de los componentes.

- Documento de constitución de la agrupación.

- Documento de designación del componente de la agrupación que actúa como representante en esa convocatoria con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que corresponde a la agrupación.

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En relación a la compatibilidad de subvenciones:

Junto con la documentación antes mencionada, la persona solicitante tiene que presentar la documentación o indicar en la solicitud, la información establecida en el punto 10.2 de la convocatoria.

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Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Desde el 21 de marzo hasta el 30 de mayo de 2025.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Universidad

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 3a planta). Tel.: 971177766 - Fax: 971176873

(dguniversitat@dguni.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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