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Ayudas para la formación de personal investigador FPI y FPI_E 2024

Otorgar subvenciones en centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico y a empresas ubicadas en las Islas Baleares para financiar veintiséis ayudas para formar personal investigador, el objetivo de las cuales es formar en investigación científica y técnica a titulados superiores universitarios que quieran hacer una tesis doctoral.

Por otro lado, también es objeto de esta convocatoria otorgar subvenciones destinadas a cubrir las tasas académicas para el personal investigador en formación, que incluyen la tutela académica de doctorado, la apertura y el mantenimiento del expediente, y la defensa de la tesis doctoral.

Código SIA

3155079

Personas destinatarias

Pueden ser beneficiarias de las ayudas las entidades ubicadas en las Islas Baleares que tengan la capacidad de formalizar los contratos laborales que se describen a continuación:

a) Centros públicos de I+D: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, los centros de I+D con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados a la Administración General del Estado o que dependen, y los centros de I+D vinculados a administraciones públicas territoriales o que dependen, independientemente de la personalidad jurídica.

b) Centros públicos y privados de I+D sin finalidad de lucro : las universidades privadas y entidades públicas y privadas sin finalidad de lucro con capacidad y actividad demostrada en I+D. Se incluyen los centros tecnológicos la propiedad y la gestión de los cuales corresponde mayoritariamente en las administraciones públicas.

c) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica: de acuerdo con el Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el cual se regulan los centros tecnológicos y los centros de espaldarazo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de estos centros.

d) Empresas privadas de I+D y/o innovación: entidades privadas con capacidad y actividad demostradas en I+D+I.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses a partir de la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentación de la solicitud

Requisitos

En cuanto a la entidad beneficiaria (punto 6 de la convocatoria):

Pueden ser beneficiarias de las ayudas las entidades ubicadas en las Illes Balears que tengan la capacidad de formalizar los contratos laborales que se describen a continuación:

a) Centros públicos de I+D: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, los centros de I+D con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados a la Administración General del Estado o que dependen, y los centros de I+D vinculados a administraciones públicas territoriales o que dependen, independientemente de la personalidad jurídica.

b) Centros públicos y privados de I+D sin finalidad de lucro : las universidades privadas y entidades públicas y privadas sin finalidad de lucro con capacidad y actividad demostrada en I+D. Se incluyen los centros tecnológicos la propiedad y la gestión de los cuales corresponde mayoritariamente en las administraciones públicas.

c) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica: de acuerdo con el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el cual se regulan los centros tecnológicos y los centros de espaldarazo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de este centros.

d) Empresas privadas de I+D y/o innovación: entidades privadas con capacidad y actividad demostradas en I+D+I.

Pelo que hace las persones candidatas (punto 7 de la convocatoria):

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero residente en España.

b) Tener la titulación de grado o equivalente con una nota mediana mínima de expediente académico igual o superior a 7,00 (escala de 0 a 10), de acuerdo con los criterios que especifica el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el cual se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

c) Estar matriculado o admitido en un programa oficial de doctorado de la Universitat de les Illes Balears para el lo curso 2025/2026. También podrán solicitar la ayuda los candidatos que, en el momento de presentación de la solicitud, no estando matriculados o admitidos en un programa oficial de doctorado de la Universitat de les Illes Balears , estén en disposición de estarlo en la fecha de aceptación de la ayuda, de acuerdo con el punto décimo, 12

d) La finalización de los estudios que dan acceso al programa oficial de doctorado tiene que ser posterior al 1 de enero de 2021. Excepcionalmente, se permitirán programas de doctorado otras universidades siempre que quede patente, mediante un informe razonado, aprobado por la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, de la imposibilidad de realizar la tesis doctoral en la Universitat de les Illes Balears porque ningún programa de doctorado existente se adecua a la temática de la tesis doctoral.

e) Aquellas persones candidatas que también hubieran presentado su candidatura a la convocatoria de ayudas para la formación de personal investigador (FPI) y la formación de personal investigador empresarial (FPI-E), así como subvenciones para tasas académicas (FPI 2023) (BOIB n.º 176, de 30 de diciembre), y sean propuestos para recibir una ayuda cuando esta convocatoria anterior se resuelva, quedarán automáticamente excluidos de la presente convocatoria, independientemente de si aceptan o no la ayuda propuesta.

En el momento de la aceptación, los candidatos tienen que estar en disposición de cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener la residencia en las Illes Balears , que se puede acreditar mediante un certificado de empadronamiento en un municipio de las Illes Balears .

b) Estar matriculados en un programa oficial de doctorado de la Universitat de les Illes Balears , para el año académico 2025-2026, de acuerdo con la normativa vigente. Excepcionalmente, se permitirán programas de doctorado otras universidades siempre que quede patente, mediante un informe razonado, de la imposibilidad de realizar la tesis doctoral en la Universitat de les Illes Balears porque ningún programa de doctorado existente se adecua a la temática de la tesis doctoral.

Documentación a presentar

En cuanto a la entidad solicitante:

· En el caso de las universidades, las entidades públicas no territoriales y los centros docentes públicos no universitarios, una copia de la publicación, en el boletín oficial correspondiente, de la disposición por la cual se crea o se reconoce la entidad o el centro, como también la acreditación de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud. Si esa documentación ya consta en la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, basta con indicarlo de acuerdo con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015.

· En el caso de personas jurídicas no incluidas en la letra anterior, el documento constitutivo de la entidad y los estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente o un certificado de inscripción registral de esos documentos, con una declaración responsable de tener como objeto llevar a cabo actividades relacionadas con la I+D+I, y la acreditación de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud.

· En el caso de las empresas mencionadas en el punto sexto,1.d), un informe de viabilidad financiera para la ejecución del proyecto y las cuentas anuales.

· En el caso de las empresas mencionadas en el punto sexto,1.d), un informe de las actividades en I+D y/o de innovación que realiza.

· Un documento de Declaración Responsable de las entidades (imprimido 1), firmado por sus responsables.

· Una declaración exprés en la cual se hagan constar todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, relacionadas con la solicitud, sobre el cumplimiento de los requisitos a que se refiere el artículo 6.3.d) 3.ª de la Orden de bases de la consejera de Innovación, Interior y Justicia de 26 de enero de 2010 (imprimido 1).

En cuanto a lo director y, si procede, codirectores de la tesis:

· Un «curriculum vitae abreviado» (CVA) modelo normalizado, disponible a través de la aplicación de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), utilizando la opción de generación de currículum abreviado. El CVA se puede presentar en catalán, castellano o inglés (extensión máxima de 4 páginas).

· El historial de los últimos cinco años del equipo de investigación en que se integra la persona que dirige la tesis doctoral, con una referencia especial a los aspectos relativos a la formación de personal investigador (Extensión máxima de 10 páginas).

· Una descripción del proyecto de tesis doctoral (extensión máxima 300 palabras).

· Una memoria científica técnica del proyecto de I+D en el cual participa la persona investigadora en formación.

· Para la modalidad A, un documento acreditativo de la concesión del proyecto marco en vigor subscrito con entidades públicas, de acuerdo con el punto quinto, 5, en que tienen que figurar la cantidad concedida para financiar el proyecto, las fechas de ejecución y los miembros que forman parte, todo avalado por la persona investigadora principal, y una declaración responsable, si se tercia, sobre cualquier otra ayuda institucional, solicitado o concedido, relacionado con la solicitud.

· Para la modalidad B, se tiene que presentar una memoria del proyecto marco, de acuerdo con el punto quinto, 5. Esa memoria tiene que incluir la cantidad concedida para financiar el proyecto, las fechas de ejecución y los miembros que forman parte, especificando las actividades y funciones que realizan cada uno. Se tienen que indicar los objetivos, la descripción, y el plan de difusión del proyecto marco, todo avalado por la persona investigadora principal (extensión máxima de 20 páginas).

En cuanto a lo tutor:

▪ Un justificante de la relación contractual, funcionarial y/o estatutaria de la persona que tutoriza la tesis con la entidad, de acuerdo con el punto quinto,1 de esa convocatoria.

▪ En el caso de la modalidad B, si el tutor no tiene vinculación, se tendrá que presentar la documentación que acredite que se cuenta con una participación en el capital de la entidad o de otra entidad que esté relacionada mediante acciones o de manera societaria, lo cual suponga una capacidad de control efectivo, directo o indirecto, de la entidad.

En cuanto a la persona candidata:

· Un certificado electrónico personal de datos académicos de licenciatura (ambos ciclos), ingeniería, arquitectura o grado, que tiene que incluir todas las asignaturas superadas con los créditos correspondientes, las calificaciones obtenidas, el curso académico y la nota mediana del expediente. La nota mediana se tiene que expresar en una escala de 0 a 10.

· Un certificado electrónico de datos académicos de máster, DIOSA o suficiencia investigadora, que tiene que incluir todas las asignaturas superadas con los créditos correspondientes, las calificaciones obtenidas, el curso académico y la nota mediana del expediente.

· Un curriculum vitae normalizado (CVN), de la persona investigadora en formación,

· Una declaración responsable del goce de ayudas de características similares (imprimido 2). En el supuesto de que la persona candidata haya disfrutado otras ayudas, tiene que especificar las fechas y las entidades que han otorgado esas ayudas.

· Los candidatos a los cuales se tiene que aplicar alguna de las excepciones que recoge el punto séptimo, 2, tienen que presentar un certificado oficial que justifique la excepción.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria a Boletín Oficial de las Illes Balears

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Investigación y Desarrollo

Ctra. de Valldemossa, km 7,4. ParcBit. Edifici Naorte, bloc A, 2a planta. Tel.: 971176009

(recerca@caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Finalidad

Tramitació del procediment

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

Se cederán parte de los datos al entiat responsable de la evaluación externa y se comunicarán a la Base de datos Nacional de Subvenciones.

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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