Requisitos
Los Proyectos de prescripción de actividad y ejercicio físico para la salud dirigidos a la ciudadanía para promocionar la práctica de la actividad física y prevenir el sedentarismo.
Estos proyectos deben estar liderados por la entidad local solicitante, pero desarrollados en colaboración con el Centro de Atención Primaria de la zona; para ello, ambas partes deben utilizar los instrumentos y las técnicas de colaboración, coordinación y cooperación previstas en las leyes, a través del cual se establecen los compromisos (instalaciones, personal, servicios, funciones, etc. .) entre ambas partes para el correcto desarrollo del proyecto a subvencionar. También podrán intervenir otros agentes de la Red Local, como servicios sociales de base, asociaciones, etc.
Se consideran subvencionables los gastos relacionados directamente con la realización de cada actividad para la que se solicita la subvención, que resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo y las condiciones que determinan estas bases reguladoras.
No serán objeto de subvención:
· Las actividades de formación destinadas a los técnicos deportivos desarrolladas en el ámbito de educación u otros ámbitos, como los cursos de técnico/a deportivo/a.
· Aquellas actividades físico-deportivas que sean objeto o se incluyan en otras convocatorias más específicas de la Dirección General de Deportes.
· Aquellas actividades no previstas en las bases.
Únicamente se consideran gastos subvencionables los siguientes gastos corrientes que de forma indudable y directa respondan a la naturaleza de los programas y proyectos subvencionados y correspondan al período en que se desarrollen:
· Salarios y gastos de Seguridad Social del técnico/a deportivo/iva. Se imputará el gasto correspondiente al tiempo de su jornada dedicado al desarrollo del programa y/ o proyecto.
· Gastos correspondientes a los contratos de asistencia técnica con empresas de gestión deportiva o contratos con trabajadores autónomos, para el desarrollo del programa y/o proyecto subvencionable.
· Pólizas de seguros.
· Transporte organizado para los participantes.
· Material deportivo fungible para el desarrollo del programa y/o proyecto subvencionable.
· Material informático, la adquisición por las EELL del equipamiento informático necesario: ordenador personal de sobremesa o portátil o tablet, equipo de impresión, destinado a uso propio en los servicios administrativos de las UAEF.
· Las inversiones destinadas a implementar las herramientas digitales oportunas dentro de un plan de prescripción de actividad y ejercicio físico, que aseguren y faciliten la comunicación de la prescripción en el ámbito sanitario, la derivación al sistema deportivo/comunitario de personas inactivas o con patologías que requieran pautas de actividad y/o ejercicio físico, la ejecución de programas de actividad y ejercicio físico para su tratamiento y la retroalimentación de los resultados.
· Difusión y comunicación del programa y/o proyecto en redes sociales, aplicaciones móviles, web, etc. (se debe recordar que en todos los proyectos y subproyectos que se desarrollen en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia tendrá que exhibirse de manera correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga (traducida a las lenguas locales cuando proceda) «financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU», junto al logo del PRTR, disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
· Otros gastos específicos que no estén relacionadas con la digitalización del proyecto y a valorar por la DGE (solo para proyectos de prescripción), proporcionales en el periodo de desarrollo del proyecto.
Documentación a presentar
Las entidades locales interesadas deben presentar una solicitud, de acuerdo con el modelo que consta como impreso 1, y que tiene que firmar la persona representante legal de la entidad.
A la solicitud se tiene que adjuntar la documentación siguiente:
a) Impreso de solicitud cumplimentado, en el que consten los datos de la entidad local firmado debidamente por la persona autorizada por ésta o su representante legal (impreso 1).
b) Acreditación de la representación mediante la que actúa la persona que firma la solicitud.
c) De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 61 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el cual aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Consejería de Turismo Cultura y Deportes puede obtener —salvo oposición expresa de la persona interesada que se tiene que hacer constar en el modelo de solicitud—los certificados acreditativos de que la entidad interesada está al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal y la Seguridad Social,en su caso, además de la verificación de los datos de identidad (NIF). En caso de que no se autoricen dichas consultas, debe aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones anteriores, además de una copia del documento de identidad, en su caso, junto con la solicitud de ayudas.
El límite para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previsto en el párrafo segundo de la letra f) del artículo 11 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones es de hasta diez mil euros, según el artículo 17 a) de la Ley 4/2021.
d) Una declaración responsable firmada (impreso 2) que incluye:
1.º) Que la entidad solicitante no se encuentra incursa en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiaria de subvenciones establecidos en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2.º) Que la entidad solicitante se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
3.º) Que la entidad solicitante se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 17 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de deportes.
4.º) Que la entidad solicitante se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en el punto 6 de esta convocatoria de subvenciones.
5.º) Que la entidad solicitante no ha sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias condenatorias firmes por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
6.º) Que se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales y que no ha sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
7.º) No encontrarse, la persona que ejerza la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad establecidos en la normativa vigente.
e) En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y el artículo 8.1 de la Orden HPF/1030/2021 de 29 de septiembre, la entidad solicitante de la subvención deberá presentar las siguientes declaraciones relativas a:
1r) Que conoce la normativa de aplicación, sobre cesión y tratamiento de datos, en particular lo establecido en el apartado 2 letra d) y el apartado 3, del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero del 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; y que acepta la cesión y el tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en estos artículos (impreso 3).
2n) Que autoriza expresamente el acceso a la Comisión Europea, a la OLAF (Oficina Europea de Lucha contra el Fraude), al Tribunal de Cuentas de la UE y, en su caso, a la Fiscalía Europea, y a ejercitar los derechos que les reconoce el artículo 129.1 del Reglamento Financiero 2018/1046 (impreso 3).
3r) Que se compromete con los estándares más exigentes relativos al cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, con adopción de las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando, si procede, a las autoridades que corresponda los incumplimientos observados (impreso 4).
4t) Que se han respetado los principios de economía circular y evitado los impactos negativos significativos en el medio ambiente en la ejecución de las actuaciones subvencionadas (impreso 5).
5è) no incurre en doble financiación y,en su caso, no tiene constancia de riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas del Estado (impreso 6).
6è) Subscribir la declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR de acuerdo con el modelo anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021.
f) Una declaración responsable firmada sobre la veracidad de los datos bancarios aportados, excepto que ya conste, tramitada válidamente, en los archivos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. En ese caso, es suficiente indicar los datos. La titularidad de la cuenta bancaria tiene que ser de la entidad beneficiaria de la subvención (impreso 7).
g) Una declaración responsable en la que se haga constar que la entidad solicitante no ha solicitado ni recibido ninguna otra ayuda para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente privado o público, tanto nacional como extranjero, o, en caso contrario, una relación de las entidades a las cuales ha solicitado una subvención o ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida (impreso 8).
h) Memoria explicativa del proyecto a desarrollar. (justificación, objetivos, protocolos, digitalización, difusión y evaluación,y presupuesto).
i) Presupuesto de ingresos y gastos del proyecto a desarrollar.
Los técnicos de la Dirección General de Deportes pueden solicitar, además, toda la documentación complementaria que consideren necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
En relación con la documentación que determinan los apartados anteriores, se debe comunicar a la Dirección General de Deportes cualquier modificación que se produzca durante el periodo subvencionado hasta que se presente la justificación final del proyecto.
La presentación de la solicitud supone que la entidad autoriza a los técnicos de la Dirección General de Deportes para que puedan pedir a otras administraciones cualquier documentación, y los datos y los informes que consideren necesarios para tramitar el expediente.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las prescripciones que contiene esta convocatoria y de toda la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Las entidades locales interesadas deben presentar las solicitudes de forma electrónica mediante el trámite telemático que estará disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de esta Administración, al cual, de conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015 , deberá adjuntarse la solicitud específica del procedimiento que estará disponible en la Sede Electrónica de esta Administración, firmada electrónicamente.
En caso de presentarla de forma presencial, la Administración, conforme a lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, les requerirá a los interesados para que la realicen en la forma indicada en el párrafo anterior. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se ha llevado a cabo la subsanación.
Cuando en la solicitud se incluya una dirección de correo electrónico, se entenderá que esta dirección se aporta a efectos de los avisos de notificación que se mencionan en el artículo 41.6 de la Ley 39/2015.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de tres meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears, o hasta el posible agotamiento, dentro de este período, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Planificación y Formación
C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.
(macampomar@esports.caib.es)
Observaciones
S’hi haurà d’adjuntar la documentació específica del procediment disponible a la Seu Electrònica, signada electrònicament.