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Subvenciones para proyectos de fomento a la igualdad y de lucha contra la violencia machista del año 2024

El objeto de estas subvenciones es fomentar proyectos, actividades o estudios de entidades sin ánimo de lucro que fomenten o impulsen la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, o la prevención y erradicación de las violencias machistas.

Se establecen dos modalidades de subvención, una centrada en proyectos de acciones, actividades y de programas, y la otra, centrada en proyectos de investigación, de estudios y otros trabajos técnicos.

Código SIA

3116380

Personas destinatarias

Pueden optar a ser beneficiarias de las subvenciones las entidades con personalidad jurídica sin ánimo de lucro siguientes:

1. A ambas modalidades:

a) Asociaciones y federaciones de asociaciones sin ánimo de lucro , radicadas en las Islas Baleares.

b) Fundaciones privadas el ámbito de actuación de las cuales es, totalmente o parcialmente, las Islas Baleares, constituidas antes del 1 de enero de 2024.

c) Sindicados de trabajadores y trabajadoras y federaciones sindicales radicadas en las Islas Baleares, constituidos antes del 1 de enero de 2024.

d) Colegios profesionales de las Islas Baleares, constituidos antes del 1 de enero de 2024.

2. A la modalidad A:

a) Entidades religiosas radicadas en las Islas Baleares que hayan desarrollado, al menos durante los últimos tres años, programas de inserción sociolaboral, de lucha contra la exclusión de las mujeres o de prevención y sensibilización de las violencias machistas.

b) Asociaciones de estudiantes y sus federaciones, radicadas en las Islas Baleares, constituidos antes del 1 de enero de 2024.

3. A la modalidad B, la Universitat de les Illes Balears y la Cruz Roja Española.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses a partir del día siguiente en que finalice el plazo de presentación de solicitudes

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Trámites

X

Solicitud de subvención

Requisitos

- Ser una entidad de las previstas a la base 8 de la convocatoria y cumplir los requisitos de la base 10 de la convocatoria

Documentación a presentar

Documentos que tienen que acompañar la solicitud de subvención

Anexo 1. Solicitud de subvención

Anejo 2. Declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones generales para recibir subvenciones

Anejo 3. Declaración responsable sobre recuperación y/o compensación de los impuestos indirectos

Anexo 4. Declaración veracidad de los datos bancarios

Anexo 5. Guion del proyecto. Modalidad A / Anexo 5. Guion del proyecto. Modalidad B

Plazo máximo

Veinte días naturales a partir del día siguiente de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

X

Justificación 2024

Requisitos

Las entidades beneficiarias tienen que acreditar haber llevado a cabo el programa, la acción o la actividad subvencionada y el destino de los fondos percibidos a través de una cuenta justificativa, que se tiene que elaborar de acuerdo con los modelos normalizados que se encuentran a disposición de las entidades beneficiarias a la Sede Electrónica del gobierno de las Islas Baleares

La justificación tiene que incluir la actividad completa y el coste total del proyecto aprobado que haya servido de base a la resolución de concesión de la subvención, siempre con independencia del porcentaje subvencionado.

No se entiende del todo justificada la aplicación de los fondos percibidos hasta que no se haya acreditado, como mínimo, el importe del proyecto de actuación que sirvió de base a la concesión de la subvención. De acuerdo con esto, cuando las actividades hayan sido financiadas, además de por la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, se tiene que acreditar en la justificación el importe, la procedencia y la aplicación.

Respecto de la modalidad B, no se entenderá justificada la subvención hasta que no se presente el proyecto técnico, el estudio o el trabajo pertinentes de acuerdo con el que establece el punto 3 de la cláusula cuarta de la convocatoria.

La justificación de la subvención se tiene que ajustar, en cuanto a la distribución de las partidas presupuestarias, al presupuesto presentado en la solicitud o, si procede, al presentado en la reformulación o en la modificación que en su momento presentó la entidad.

Documentación a presentar

1. Una memoria técnica de la actividad llevada a cabo. Se tienen que detallar las actividades hechas, los resultados obtenidos y se tienen que incorporar evidencias documentales. Además, a la modalidad B, se tiene que adjuntar el estudio o el trabajo pertinente.

2. Una memoria económica, justificativa del coste total de la actividad subvencionada que tiene que recoger:

a) La relación clasificada de gastos, con identificación del acreedor, del documento justificativo correspondiente, del importe, de la fecha de emisión y de la fecha de pago. El porcentaje de imputación al proyecto subvencionado teniendo en cuenta, si corresponde, las otras ayudas de que dispone la entidad para llevar a cabo la actividad subvencionada.

b) El detalle, si corresponde, de la relación de gastos de personal contratado (anexo 6.1).

c) La indicación, si corresponde, de los criterios de reparto de los costes generales o indirectos incorporados en la relación clasificada de los gastos mencionados.

d) Una relación detallada otros ingresos o subvenciones que hayan contribuido a financiar la actividad o el proyecto subvencionado, con indicación exprés del importe y la procedencia.

e) Los tres presupuestos que, si procede y en aplicación del artículo 40.3 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, tiene que haber solicitado la persona o la entidad beneficiaria.

3. El bloque de evidencias que documentan la relación clasificada de gastos. Se tienen que incluir todas las facturas, los documentos mercantiles y administrativos que prueban que se ha efectuado y se ha pagado el gasto justificado.

Si los documentos justificativos o los de pago se han usado para justificar parcialmente otros subvenciones, se tiene que hacer constar esta circunstancia.

4. Las entidades beneficiarias de una subvención de la modalidad B, además, tienen que presentar, en las condiciones establecidas en la base cuarta, la investigación, el estudio o el trabajo técnico hecho.

5. Una declaración responsable del representante o la representante legal de la entidad de haber llevado a cabo la totalidad de la actividad objeto de la subvención y de haber cumplido los requisitos en materia de publicidad.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

31/05/2025

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Administración y Gestión Presupuestaria

Tel.: 971178989

Observaciones

Toda la documentación justificativa se tiene que presentar a través del registro electrónico, firmada digitalmente.

El bloque de evidencias justificativas se tiene que presentar en un solo archivo electrónico, ordenado y numerado en concordancia con la relación clasificada de gastos

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Instituto Balear de la Mujer (IBDONA)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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