Requisitos
a) Disponer de sede, delegación, establecimiento o sucursal en las Islas Baleares en el momento que sean efectivos las ayudas, esto es, al solicitarlos, durante la ejecución y en el momento de la justificación.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
c) Haber justificado las ayudas o las subvenciones que haya recibido anteriormente de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
d) No incurrir en ningunade las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
Documentación a presentar
La relación de documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud (modelo 1), y que se detalla en el punto 10 de la convocatoria, siempre que no estén en poder de la Administración o se pueda comprobar la información por técnicas telemáticas, según el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, es la siguiente:
a) Documento constitutivo de la entidad o la agrupación y, si procede, los estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente o el certificado de inscripción registral de los documentos mencionados, como también la acreditación de la representación con que actúa la persona firmando de la solicitud.
b) Una memoria descriptiva de la actividad formativa para desarrollar: programa y contenidos ; personas formadoras; duración, fechas de inicio y de fin; lugar, si procede; objetivo que se quiere conseguir; a quien se dirige —perfil profesional y número de cosos que se ofrecen—; si se trata de una actividad gratuita o tiene un coste para las personas inscritas; si hay personas o entidades colaboradoras, etc. (modelo 2).
c) El presupuesto desglosado (modelo 3).
d) Un breve curriculum vitae de cada persona formadora, en caso de que ya esté decidida, o el perfil al cual se tiene que ajustar, en caso contrario.
e) Una declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados, excepto que ya conste, tramitada válidamente, de acuerdo con el modelo. En el supuesto de que la cuenta ya esté de alta en la Comunitat Autónoma, sólo hay que confirmar que el pago se tiene que hacer en esta cuenta. La titularidad de la cuenta bancaria tiene que ser de la entidad solicitante de la subvención (modelo 4).
f) Una declaración responsable (modelo 5)
g) Un certificado firmado por la persona representando de la entidad en el cual se haga constar la dirección de la sede, delegación, establecimiento o sucursal activa en las Islas Baleares en el momento de la solicitud.
h) Un certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que acredite que la persona solicitante está al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, y un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la persona solicitante está al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, en el supuesto de que la persona interesada se oponga expresamente que la Administración pueda consultar y obtener estos datos. La presentación de la solicitud por parte de la persona interesada supone —salvo oposición expresa— la autorización al órgano instructor del procedimiento porque , según proceda, obtengui de manera directa la acreditación que está al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
La presentación de la solicitud supone que la entidad autoriza el personal técnico de la Dirección general de Asuntos Sociales porque pueda pedir a otras administraciones cualquier documentación, los datos y los informes que considere necesarios para tramitar el expediente.
La persona solicitando no tiene que presentar datos o documentos que ya haya presentado anteriormente ante cualquier administración, siempre que indique en qué momento y ante qué órgano administrativo los ha presentado.
Los servicios técnicos de la Dirección general de Asuntos Sociales pueden solicitar, además, toda la documentación complementaria que consideren necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
En relación con la documentación que determinan los apartados anteriores, se tiene que notificar a la Dirección general de Asuntos Sociales cualquier modificación que se produzca durante el periodo subvencionado hasta que no se presente la justificación final.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
1 de septiembre del 2025 incluido.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Asuntos Sociales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Planificación Social
Tel.: 971177200
(planificacio@dgplanificacio.caib.es)