Requisitos
. Las entidades beneficiarias deben justificar la aplicación de la cantidad percibida y el cumplimiento del resto de condiciones impuestas a la finalidad que ha servido de fundamento a la concesión de la subvención.
Documentación a presentar
La subvención debe justificarse con la presentación de la cuenta justificativa (anexo 7), suscrita por la entidad beneficiaria, que debe contener la siguiente documentación:
a) Una memoria de actuaciones explicativa (anexo 8) del cumplimiento de la finalidad de la actividad subvencionada y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades llevadas a cabo; el número de personas participantes; la ruta concreta que se ha realizado, con el origen y el destino de cada trayecto, y el número de kilómetros recorridos (si se ha realizado el desplazamiento en vehículo particular o alquilado); los resultados obtenidos, y los ingresos, en su caso.
b) Una relación clasificada de los gastos (anexo 9) de la actividad, con identificación del acreedor y el número de la factura o documento, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.
c) Las facturas, que deben cumplir los requisitos que establece el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
La descripción de la operación tiene que aportar suficiente información sobre el concepto y el periodo objeto de facturación para que se pueda verificar la relación del gasto con el objeto de la ayuda. En todo caso, se tiene que poder verificar el precio unitario de la operación.
En las facturas de alojamiento y de acreditaciones o inscripciones, debe quedar constancia de la relación de personas incluidas, de acuerdo con el informe explicativo. En las facturas de desplazamiento, además de lo indicado anteriormente, debe quedar constancia del origen y destino del trayecto o recorrido. En caso de que no sea posible acreditar estos detalles, se puede sustituir por una declaración responsable del representante de la entidad en la que figuren las personas incluidas y se declare que el importe de las facturas se corresponde con el número de personas de l'informe explicatiu.
d) El justificante de pago de todas las facturas, que puede ser, según los casos, una copia de los siguientes documentos:
1.º El comprobante bancario, en el que figuren los siguientes datos: los datos del ordenante y del destinatario, que deben coincidir con la entidad beneficiaria y con el emisor de la factura respectivamente; el importe pagado; la fecha del pago; la identificación del concepto del pago para que quede identificado el pago de la factura.
2.º Una copia del cheque nominativo, el pagaré nominativo, la letra de cambio o similar, siempre que estén vencidos, acompañada del correspondiente extracto bancario del beneficiario de la subvención que acredite el cargo.
3.º Si el pago se realiza con tarjeta de crédito o débito, es necesario aportar una copia del recibo del pago y una copia del extracto bancario de la tarjeta en que figure el apunte del cargo.
4.º Para las facturas de un importe igual o inferior a 200 euros, IVA excluido, el pago se puede justificar con un recibo de pago del proveedor. En cualquier caso, se deben indicar en la cuenta justificativa y se tienen que aportar con las otras facturas.
e) La acreditación fotográfica de la actividad, si procede.
g) La acreditación de la programación o de la asistencia a la actividad referida en el punto 9.2.e), si no se ha presentado con la solicitud.
f) Un ejemplar de los materiales gráficos elaborados o editados para la actividad subvencionada, si procede.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Justificación (Resolución de concesión y denegación): 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el BOIB
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Cultura
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Cultura
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Tel.: 971176545
(ppuigdellivol@dgcultur.caib.es)