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Convocatoria de subvenciones para apoyar la movilidad en la proyección exterior de las actividades que promuevan las diferentes manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears el 2026

Contribuir a la proyección exterior y ofrecer apoyo económico a la movilidad de las entidades sin ánimo de lucro de las Illes Balears que lleven a cabo actividades que den a conocer, fomenten, difundan y promuevan las diferentes manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears,

Código SIA

3257698

Personas destinatarias

asociaciones, fundaciones o cualquier otra entidad privada sin ánimo de lucro, que lleven a cabo la actividad subvencionada, o quien las representa, independientemente de su residencia fiscal, siempre que la finalidad de la subvención sea dar a conocer, fomentar, difundir y promocionar el patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears o sus portadores y su obra.

Plazo máximo para la resolución y notificación

seis meses a contar desde el día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

Silencio administrativo

Positivo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

No

Órgano competente para resolver

Dirección General de Cultura

Documentos relacionados con el procedimiento

  • BOIB num. 41 31/03/2026
    Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan subvenciones para apoyar la movilidad en la proyección exterior de las actividades que promuevan las diferentes manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears el 2026

Trámites

X

Presentación de solicitudes

Requisitos

Pueden solicitar las subvenciones que establece esta convocatoria las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar constituidas como entidades sin ánimo de lucro y disponer de organización y capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad subvencionada.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

c) Presentar la solicitud en los términos y con la documentación establecidos en los apartados 8 y 9 de esta convocatoria.

d) Cumplir con los principios del artículo 3 de la Ley 11/2016, de igualdad de mujeres y hombres.

Documentación a presentar

Mirar el punto 9.2 de las bases de la convocatoria

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del décimo día hábil a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y finaliza el 30 de junio de 2026.

8.2. No se admite ninguna solicitud presentada fuera del plazo indicado.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cultura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cultura

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176545

(ppuigdellivol@dgcultur.caib.es)

Observaciones

La declaració de veracitat dades bancàries es pot presentar, si escau, per mitjà del tràmit "presentació de documentació addicional"

X

Presentación documentación adicional

Requisitos

En caso de querer aportar documentación adicional a la solicitud

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite- art. 9.2 convocatoria

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El mismo que el trámite de presentación de solicitudes

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cultura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cultura

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176545

(ppuigdellivol@dgcultur.caib.es)

X

subsanación de la solicitud

Requisitos

se tiene que realizar mediante el trámite telemático correspondientes

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Diez días hábiles a contar des de el día siguiente a la notificación de deficiencias de la solicitud.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cultura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cultura

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176545

(ppuigdellivol@dgcultur.caib.es)

Observaciones

Si no es presenten les esmenes s’entendrà que desistiu de la vostra sol·licitud i s’arxivarà l’expedient sense cap més tràmit, amb la corresponent resolució prèvia que s’ha de dictar en els termes prevists a l’article 21.1 de la Llei 39/2015, d’1 d’octubre.

X

aceptación, renúncia o presentación de alegaciones

Requisitos

Propuesta de resolución del director general de Cultura sobre la concesión, denegación o si procede la insadmisión de subvenciones para apoyar la movilidad en la projección exterior de las actividades que promuevan las diferentes manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears el 2026.

Documentación a presentar

- Presentación de alegaciones: mediante el trámite telemático específico

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Diez días hábiles a contar des de el día siguiente de haberse publicado la propuesta de resolución en la página web de la Dirección General de Cultura.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cultura

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cultura

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176545

(ppuigdellivol@dgcultur.caib.es)

X

Justificación

Requisitos

. Las entidades beneficiarias deben justificar la aplicación de la cantidad percibida y el cumplimiento del resto de condiciones impuestas a la finalidad que ha servido de fundamento a la concesión de la subvención.

Documentación a presentar

La subvención debe justificarse con la presentación de la cuenta justificativa (anexo 7), suscrita por la entidad beneficiaria, que debe contener la siguiente documentación:

a) Una memoria de actuaciones explicativa (anexo 8) del cumplimiento de la finalidad de la actividad subvencionada y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades llevadas a cabo; el número de personas participantes; la ruta concreta que se ha realizado, con el origen y el destino de cada trayecto, y el número de kilómetros recorridos (si se ha realizado el desplazamiento en vehículo particular o alquilado); los resultados obtenidos, y los ingresos, en su caso.

b) Una relación clasificada de los gastos (anexo 9) de la actividad, con identificación del acreedor y el número de la factura o documento, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago.

c) Las facturas, que deben cumplir los requisitos que establece el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

La descripción de la operación tiene que aportar suficiente información sobre el concepto y el periodo objeto de facturación para que se pueda verificar la relación del gasto con el objeto de la ayuda. En todo caso, se tiene que poder verificar el precio unitario de la operación.

En las facturas de alojamiento y de acreditaciones o inscripciones, debe quedar constancia de la relación de personas incluidas, de acuerdo con el informe explicativo. En las facturas de desplazamiento, además de lo indicado anteriormente, debe quedar constancia del origen y destino del trayecto o recorrido. En caso de que no sea posible acreditar estos detalles, se puede sustituir por una declaración responsable del representante de la entidad en la que figuren las personas incluidas y se declare que el importe de las facturas se corresponde con el número de personas de l'informe explicatiu.

d) El justificante de pago de todas las facturas, que puede ser, según los casos, una copia de los siguientes documentos:

1.º El comprobante bancario, en el que figuren los siguientes datos: los datos del ordenante y del destinatario, que deben coincidir con la entidad beneficiaria y con el emisor de la factura respectivamente; el importe pagado; la fecha del pago; la identificación del concepto del pago para que quede identificado el pago de la factura.

2.º Una copia del cheque nominativo, el pagaré nominativo, la letra de cambio o similar, siempre que estén vencidos, acompañada del correspondiente extracto bancario del beneficiario de la subvención que acredite el cargo.

3.º Si el pago se realiza con tarjeta de crédito o débito, es necesario aportar una copia del recibo del pago y una copia del extracto bancario de la tarjeta en que figure el apunte del cargo.

4.º Para las facturas de un importe igual o inferior a 200 euros, IVA excluido, el pago se puede justificar con un recibo de pago del proveedor. En cualquier caso, se deben indicar en la cuenta justificativa y se tienen que aportar con las otras facturas.

e) La acreditación fotográfica de la actividad, si procede.

g) La acreditación de la programación o de la asistencia a la actividad referida en el punto 9.2.e), si no se ha presentado con la solicitud.

f) Un ejemplar de los materiales gráficos elaborados o editados para la actividad subvencionada, si procede.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Justificación (Resolución de concesión y denegación): 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el BOIB

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Cultura

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Servicio o Sección responsable

Dirección General de Cultura

Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo).. Tel.: 971176545

(ppuigdellivol@dgcultur.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Cultura

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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