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Ayuda pública destinada a promover actuaciones de inversión para la modernización de la estructura productiva y digital de la actividad industrial (2025) - MOD

Dirigido a la promoción del tejido industrial, el fomento de la modernización de los sistemas de gestión y sistemas productivos, la mejora del tejido productivo y el posicionamiento estratégico de la industria, y la promoción e implantación de las TIC dentro del ámbito territorial de las Islas Baleares.

Consiste en tres programas destinados a la adquisición de activos materiales y la adquisición de inversiones inmateriales asociadas al proceso industrial, que tengan que ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez, o la adquisición de activos materiales que hayan sido utilizados con anterioridad incluidos en el apartado Tercero, punto 4.2 a) y d) del Anexo II de la convocatoria.

Código SIA

3157463

Personas destinatarias

a) Las personas físicas inscritas en el régimen especial de trabajadores autónomos o en un régimen alternativo equivalente;

b) Las empresas que tienen la consideración de pyme, de carácter industrial con los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades industriales del Registro Integrado Industrial, o en el Registro Minero de las Illes Balears de la Consejería de Empresa, Empleo y Energía.

c) Las empresas que tienen la consideración de pyme de carácter industrial incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B correspondiente a las empresas de servicios relativas a la actividad industrial del Registro Integrado Industrial, en este último caso, el grupo 504 declarado debe coincidir exactamente con la división B en la que se encuentra inscrito.

En caso de que se trate de inversiones a instalar en nuevos centros de trabajo, la inscripción en el Registro Integrado Industrial deberá acreditarse con la justificación de la inversión efectuada.

d) Las personas jurídicas sin ánimo de lucro consideradas como "Centros de Desarrollo Industrial Balear del sector industrial" que estén establecidos físicamente en las Illes Balears, que tengan su domicilio fiscal y que desarrollen sus acciones en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, cuyas actividades coincidan con el objeto de esta convocatoria.

Los Centros de Desarrollo Industrial Balear, a efectos de esta convocatoria, son organismos de investigación sin ánimo de lucro que disponen de los recursos materiales y humanos propios necesarios para la realización de actividades destinadas tanto a la generación de conocimiento tecnológico como a facilitarlo ne la explotación de este conocimiento, ya sea por centros existentes o bien mediante la generación de nuevas iniciativas empresariales, y que contribuyan a la mejora competitiva de las empresas y al desarrollo económico de su entorno y que tengan entre sus representados/asociados al menos un 20% de empresas con IAE comprendido entre los epígrafes 2 a 4, ambos inclusive.

e) Los laboratorios destinados a la investigación, innovación y/o desarrollo tecnológico, establecidos físicamente en las Illes Balears y que se encuentren inscritos en la División C del Registro Integrado Industrial.

QUEDAN EXCLUIDAS:

a) Todo el sector público.

b) No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que se dé alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; tampoco pueden tener la condición de beneficiarios los solicitantes que hayan sido sancionados de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, o con el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales, y para erradicar la LGTBI-fobia.

c) Las uniones temporales de empresas (UTE).

d) Las empresas en crisis. Tiene consideración de empresa en crisis cuando concurren alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.

e) Las Agrupaciones Empresariales Innovadoras de acuerdo con el Decreto 83/2023, de 20 de octubre.

f) Las empresas que no cumplan con los requisitos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de acuerdo con lo que establece el artículo 13.3. bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo para dictar y notificar la resolución expresa es de tres meses a aprtir de la fecha en que finaliza el plazo para presentar las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Empresa, Empleo y Energía

Trámites

X

FASE I: Trámite telemático de solicitud de la ayuda

Requisitos

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES (consultar la Resolución para las actuaciones excluidas de subvención):

Programa I. Diseño e innovación:

a) Coste de contratación a entidades externas de proyectos de diseño e innovación industrial, encaminadas a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o que permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

b) Adquisición de prototipos, a entidades externas, que deben ser utilizados en los centros de trabajo de la entidad solicitante situados en las Illes Balears.

Programa II. Producción:

a) Adquisición, instalación y transporte de maquinaria para instalar en un centro de trabajo ubicado en las Illes Balears de la entidad solicitante, relacionada directamente con la actividad de la empresa.

A estos efectos, se entiende por máquina la definición recogida en el artículo 2.2 del Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas, con las exclusiones establecidas en el artículo 1.3 del citado Real Decreto.

En este punto, se incluye la adquisición de elementos y maquinaria de transporte interno, así como las impresoras industriales e impresoras 3D.

En este punto no se incluyen las inversiones y máquinas indicadas en el punto 4.3.b) de este mismo apartado.

b) Adquisición, instalación y transporte de accesorios, instalaciones técnicas asociadas e integradas en la maquinaria indicada en la letra anterior.

c) Adquisición, instalación y transporte de accesorios, instalaciones técnicas asociadas e integradas en la maquinaria existente en el centro de trabajo ubicado en las Illes Balears.

d) Adquisición, instalación y transporte de equipos de soldadura y sus accesorios, salvo fungibles, equipos de protección individual (EPI) y similares.

e) Adquisición, instalación y transporte de conjuntos de moldes y patrones para la fabricación de productos, que deben ser utilizados en los centros de trabajo de la entidad solicitante situados en las Illes Balears.

f) Adquisición, instalación y transporte de tanques, barricas, tambores, sistemas de filtrado y similares destinados a las fases de fermentación, maduración, reposo o clarificación del proceso productivo de vino, cerveza, licores o productos asimilables, que deben ser utilizados en los centros de trabajo de la entidad solicitante situados en las Illes Balears.

g) Adquisición, instalación y transporte de recipientes, reactores de mezcla y procesado, reactivos, depósitos y similares fijos integrados en las unidades del proceso productivo propio de la empresa .

h) La formación destinada al aprendizaje sobre el manejo de las inversiones objeto de subvención.

Programa III. Digitalización:

a) Adquisición, instalación y transporte de activos materiales destinados a la automatización y/o digitalización del almacenamiento que permitan una mejora en la logística del producto.

b) Adquisición, instalación y transporte, tanto material como inmaterial, destinada a la digitalización del sistema productivo: SAI, servidores, NAS, equipos electrónicos, equipos de diagnosis, medida y control, así como el software ( software ) y TIC.

c) Adquisición, instalación y transporte de las tecnologías vinculadas a la industria 4.0 como pueden ser: inteligencia artificial, datos masivos, robótica colaborativa, informática en nube, realidad virtual y realidad aumentada.

d) Coste de contratación a entidades externas por el diseño de páginas y entornos web.

e) La formación destinada al aprendizaje sobre el manejo de las inversiones objeto de la subvención.

Documentación a presentar

Según Resolución del consejero de empresa, Ocupación y Energía por la cual se aprueba la ayuda para el año 2025.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes empieza día 24 de enero de 2025 a las 00:00 horas hasta día 24 de febrero de 2025 a las 23.59 horas.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Industria y Polígonos Industriales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Industria y Polígonos Industriales

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971176570

(mserra@udit.caib.es)

X

FASE II: Sol·licitud pagament de l'ajut

Requisitos

L'activitat subvencionada s'ha d'entendre justificada amb l'acreditació de la seva realització efectiva i el compliment de la finalitat per a la qual s'ha concedit.

Documentación a presentar

Segons Resolució del conseller d'Empresa, Ocupació i Energia per la qual s'aprova l'ajut per a l'any 2025.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El termini per justificar la realització de les activitats subvencionades finalitza el 29 de setembre de 2025, o en la data que estableixi la Resolució de concessió, si és posterior.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Industria y Polígonos Industriales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Industria y Polígonos Industriales

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971176570

(mserra@udit.caib.es)

X

Trámite para enmienda de errores o aportación de documentación complementaria

Requisitos

Trámite de enmienda de errores / de aportación de otro documentación complementaria a las solicitudes de ayudas a la modernización de la actividad industrial.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Industria y Polígonos Industriales

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Industria y Polígonos Industriales

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971176570

(mserra@udit.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Industria y Polígonos Industriales

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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