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Subvención directa a Fundación +34

Atención a las personas de las Illes Balears que se encuentran en situación de privación de libertad al exterior en especial estado de necesidad.

Código SIA

3154452

Personas destinatarias

Fundación +34

Plazo máximo para la resolución y notificación

Las resoluciones, tanto de concesión como de denegación, tienen que ser motivadas y se tiene que dictar y notificar en el plazo máximo de tres meses contadores desde el día siguiente que acabe el plazo de presentación de solicitudes. Las resoluciones se tienen que notificar individualmente.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas

Trámites

X

Presentación de solicitud

Requisitos

Presentar, por parte Fundación +34, la solicitud de subvención más los anexos correspondientes

Documentación a presentar

Anexos I a V que acompañan esta solicitud debidamente rellenados.

Una fotocopia del CIF del solicitante

Una fotocopia del DNI/NIE del representante legal (sólo si se opone a que la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas compruebe los datos).

Certificados de estar al cabo de la calle en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración del Estado y la Tesorería General de la Seguridad Social (sólo si se opone a que la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas compruebe los datos).

Si se trata de personas jurídicas o de agrupaciones de personas y entidades sin personalidad jurídica, el original del documento de constitución de la entidad y de sus estatutos sociales debidamente registrados en el registro correspondiente, o bien un certificado de inscripción registral de los documentos mencionados.

Documento acreditativo de la representación de la persona que firma la solicitud.

Si procede, el documento acreditativo de estar de alta al epígrafe correspondiente del impuesto de actividades económicas, y también el documento justificativo de estar al cabo de la calle en el pago de este impuesto.

Una declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados.

Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad, se tienen que hacer constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención que hay de aplicar cada uno de ellos, que también tienen la consideración de beneficiarios. En todo caso, se tiene que nombrar un representante o un apoderado único de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación (según el artículo 9 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre).

El proyecto de obra, si corresponde, con indicación del plazo de ejecución de la obra.

En este caso, escritura de propiedad y nota registral que acredite que está inscrita en el Registro de la Propiedad, en el caso de subvenciones para las cuales se tiene que acreditar que el solicitante es el propietario del bien.

Modelos:

Plazo máximo

No procede

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Departamento de Relaciones Institucionales y Europeas

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Relaciones Institucionales y Europeas

Passeig de Sagrera, 2.

(isangil@dgre.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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