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Convocatoria de ayudas de formación para personal investigador no doctor en el ámbito de la salud correspondiente al periodo 2025-2029

La finalidad de esta convocatoria es contribuir a los gastos de contratación que lleven a cabo los centros sanitarios y de investigación biomédica y en salud de las Illes Balears , para incorporar personas jóvenes investigadoras y personal sanitario, con el fin de completar la primera etapa de formación en investigación, así como los estudios de doctorado y realización de tesis, y en definitiva, aumentar el número de personas doctoras en el ámbito de salud y sanitario.

Código SIA

3150758

Personas destinatarias

1. Pueden ser entidades beneficiarias de las subvenciones todas las entidades que desarrollan actividades de I+D+I en biomedicina o en ciencias y tecnologías de la salud, de acuerdo con las circunstancias que se recogen en su punto 4 de este apartado, y conforme a las tipologías de centros determinadas para cada una de las modalidades. Igualmente, pueden ser beneficiarias las personas físicas para el concepto de tasas académicas derivadas de esta convocatoria.

2. Entidades beneficiarías de la modalidad 1:

a) Los institutos públicos de investigación sanitaria acreditados por una orden ministerial (de ahora en adelante, IIS ).

En este caso, la solicitud la tiene que hacer la entidad jurídica que tenga encomendada la gestión, y pueden presentar solicitudes las personas investigadoras adscritas a ésta y pertenecientes a cualquiera de las entidades firmantes del convenio de constitución de este. El centro de realización es el IIS mencionado, de forma que las actividades se pueden desarrollar en cualesquiera de los espacios de las entidades que firman el convenio. A estos efectos, se tienen que entender por personas investigadoras adscritas a los IIS las que figuren como tales en las listas que los mismos IIS remiten anualmente en el Instituto Carlos III.

b) Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínicoasistencial: hospitales, centros de atención primaria u otros centros asistenciales diferentes de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.

c) Los organismos públicos de investigación que se definen en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de acuerdo con lo que prevé el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo (BOE n.º 77, de 31 de marzo de 2021).

d) Las universidades públicas, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.

e) Otros centros públicos de I+D+I, con personalidad jurídica propia, diferentes de los organismos públicos de investigación, vinculados a la Administración pública y los organismos que dependen, cualquiera que sea la forma jurídica, siempre que en los estatutos, en la normativa reguladora o en el objeto social tengan definida entre sus actividades la I+D+I en biomedicina, tecnologías o ciencias de la salud.

f) Los consorcios públicos de I+D+I en biomedicina, tecnología o ciencias de la salud.

g) Las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan definidas en los estatutos o en la normativa que les regula o en la normativa de creación las actividades en I+D+I en biomedicina, tecnologías o ciencias de la salud.

3. Entidades beneficiarias, modalidad 2:

Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínicoasistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales diferentes de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.

4. La entidad beneficiaria debe tener personalidad jurídica propia y estar válidamente constituida en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, debe tener la residencia fiscal en el Estado español y sede en las Illes Balears . Todas las entidades beneficiarias deben tener la capacidad de contratar personal investigador.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver los procedimientos y notificar la resolución es de seis meses contadores desde la fecha de presentación de la solicitud

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Salud

Trámites

X

Presentación de solicitudes

Requisitos

-Las entidades interesadas tienen que presentar las solicitudes de forma electrónica mediante el trámite telemático disponible en el procedimiento publicado en la sede electrónica de esta administración (https://www.caib.es/seucaib). El acceso al trámite se tiene que hacer mediante certificado electrónico. No se tendrán por presentadas en el registro las solicitudes que se presenten por cualquier otra vía telemática diferente de este trámite.

Documentación a presentar

La documentación de la solicitud está especificada en el apartado decimotercero de las bases de la convocatoria.

El formulario de solicitud se genera por la herramienta informática.

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes de las ayudas es de veinte días hábiles desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación

Contacto

Servicio o Sección responsable

Sericio de Investigación Sanitaria

Carrer Calçat 2-A (2ª planta). Tel.: 971177729

(investigaciosalut@dgaval.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

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