Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

Convocatoria de acción concertada del servicio de ayuda a domicilio en la isla de Ibiza

La concertación de 33.000 horas del servicio de ayuda a domicilio (2750 horas mensuales durante un periodo inicial de doce meses).

Código SIA

3143188

Personas destinatarias

Entidades de iniciativa privada que tengan acreditado el servicio de ayuda a domicilio.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Tres meses contadores desde el día siguiente de la entrada de la solicitud en el registro correspondiente.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Atención a la Dependencia

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentación de las solicitudes

Requisitos

1. Las entidades tienen que tener acreditado por la administración competente el servicio de ayuda a domicilio.

2. Las entidades tienen que tener una experiencia de, como mínimo, 2 años en el servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia.

3. las entidades tienen que acreditar la solvencia financiera y técnica de acuerdo con los criterios que se establecen en las letras d) y e) del punto 5.1 y el punto 5.2 de esta Resolución.

4. Así mismo, las entidades tienen que cumplir los requisitos mínimos que se establecen en el despliegue del título VII de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, así como los requisitos que fija el artículo 4 del Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales, y los requisitos que fija el artículo 5 de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

5. El servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia está declarado de interés económico general en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2024 por el cual se aprueba la previsión de las prestaciones y los servicios que se tienen que concertar durante el año 2024 y se declaran los servicios de interés económico general (BOIB núm. 40, de 23 de marzo).

Por lo tanto, en este procedimiento pueden subscribir acuerdos de acción concertada, además de las entidades del tercer sector de acción social que presten el servicio objeto del concierto y lo soliciten, todas las personas físicas o jurídicas de carácter privado, con ánimo de lucro o sin, sea cual sea la forma jurídica que adopten, que presten los servicios objeto del concierto y lo soliciten expresamente en los plazos y la forma que se determinen.

Documentación a presentar

1. Las entidades interesadas que cumplan los requisitos que establece el punto 4 de esta convocatoria tienen que formular una solicitud, de acuerdo con el modelo confeccionado por la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, que tiene que firmar la persona representando legal de la entidad.

2. A la solicitud se tendrá que adjuntar la acreditación de solvencia financiera mediante la aportación de las últimas cuentas anuales que la entidad esté obligada por la normativa contable aplicable a tener cerradas, presentados en el registro oficial correspondiente.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es de día 6 de septiembre al 19 de septiembre de 2024

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Atención a la Dependencia

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Centros y Programas

Av. de Gabriel Alomar, 33. Tel.: 971177345 - Fax: 971177068

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Atención a la Dependencia

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar