Requisitos
Estar entre las subvenciones concedidas
Documentación a presentar
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de la subvención, que
incluirá, obligatoriamente, todos estos apartados:
Indicación de todas las inversiones realizadas y de los resultados obtenidos.
Toda la información necesaria para interpretar y comprender correctamente la justificación de gastos presentada y la
imputación al proyecto. Si no se hubiera ejecutado la totalidad del proyecto causas ajenas o de fuerza mayor, la memoria
expondrá sus causas y explicará las modificaciones aplicadas.
b) Las fotografías de todo el material que se ha adquirido y/o de las inversiones efectuadas. En caso de que dispongan de ellas, será
necesario que las placas con las características de la maquinaria sean visibles.
c) Una memoria económica justificativa del coste de las inversiones llevadas a cabo o los gastos objeto de la subvención, que
contendrá:
Una explicación detallada de los gastos realizados en relación con el proyecto presentado. En su caso, se indicarán las
desviaciones que se produzcan en el presupuesto inicial. Solo se tendrán en cuenta los conceptos imputados al presupuesto
presentado con la solicitud.
Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con la identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha
de emisión y fecha de pago. Si la subvención se otorgara de acuerdo con un presupuesto, se presentará una liquidación en la
que se indiquen y, en su caso, se motiven las desviaciones respecto al presupuesto inicial presentado o las modificaciones del
proyecto autorizadas.
La relación detallada de otros ingresos o subvenciones, en su caso, que hubieran financiado la inversión subvencionada, con
indicación de su importe y procedencia.
La hoja de cálculo (MODELO 4: CUENTA JUSTIFICATIVA) que incluirá una relación clasificada de los gastos,
correctamente cumplimentada y firmada, con la identificación del acreedor, el importe, la fecha de emisión y la fecha de
pago.
Los tres presupuestos que, como mínimo, tredrá que haber solicitado la persona o entidad beneficiaria, si procede, en
aplicación del artículo 40.3 del Texto Refundido de la Ley de subvenciones. Se deberá justificar la elección cuando no
recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
) Las facturas o documentos con valor probatorio equivalentes en el tráfico jurídico-mercantil o con eficacia d administrativa que
justifiquen los gastos incorporados a la memoria económica justificativa.
Las facturas, completas o simplificadas, deberán cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento por el que se regulan las
obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. La descripción de la operación aportará
suficiente información sobre el concepto y el período objeto de facturación para que se pueda verificar la relación del gasto con el
objeto de la ayuda. Si el concepto de la factura no fuera suficientemente explicativo, se adjuntarán los albaranes de entrega
correspondientes u otra documentación justificativa. En todo caso se tendrá que poder verificar el precio unitario de la operación. En
caso de que en algunas de las facturas solicitadas no constara el IVA, será obligatorio hacer referencia a la disposición normativa en
virtud de la cual sea aplicable su exención, de acuerdo con el artículo 6.1.j) del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de
facturación.
No se admitirán facturas que no desglosen con detalle la inversión efectuada.
No se aceptarán tiques como documentos contables justificativos de gastos.
e) Se considerarán documentación justificativa para acreditar el pago los extractos bancarios u otros documentos equivalentes que
permitan seguir una pista adecuada de auditoría. A tal efecto, se considerará documentación justificativa para acreditar el pago de
forma suficiente la que sigue:
En caso de que se trate de transferencias, la orden de transferencia y el extracto bancario en que se cargue en cuenta el pago.
Los documentos acreditativos del pago (extracto bancario o justificante bancario) deberán cumplir los siguientes requisitos:
1) Se tendrán que aportar certificados o documentos autenticados por la entidad financiera.
2) Las órdenes de transferencia incluirán la identificación de la persona beneficiaria. El ordenante deberá ser la
persona beneficiaria de la subvención y deberán constar su nombre o denominación social, que coincidirán con el
beneficiario y con el receptor de la factura, respectivamente.
3) Las órdenes de transferencia tendrán que indicar el concepto con el que se ordena el pago y la remisión al número
o números de factura a los que corresponde. Si el documento de pago no hiciera referencia a las facturas, irá
acompañado de la documentación complementaria que permita verificar la correspondencia entre el gasto y el pago.
En caso de que el importe de la transferencia no coincidiera con el importe de la factura, se entregarán una nota de
aclaración y los documentos adicionales que demuestren este importe.
En el caso de pago mediante cheque nominativo, pagaré, letras de cambio o similares, la persona beneficiaria deberá aportar
la copia del documento y la copia del extracto bancario que acredita el cargo.
En caso de que se tratara de pagos realizados con tarjeta de crédito o de débito, o PayPal, la orden de pago y el extracto
bancario en el que se cargue en cuenta el pago. Las órdenes de pago deberán incluir la identificación de la persona
beneficiaria y la del ordenante del pago.
No se aceptará ningún documento acreditativo del pago que sea en efectivo.
No se aceptará ninguna justificación de pago por compensación.
No se aceptará ningún pago a cuenta realizado antes del 1 de octubre de 2023. Si es posterior a esta fecha y anterior al 1 de
enero de 2024, deberá acreditarse adecuadamente la vinculación que tenga con las facturas emitidas en el plazo de ejecución
de la convocatoria
f) Enlaces web o imágenes sobre el cumplimiento del punto 21.1.n), de obligaciones de publicidad de la persona beneficiaria.
g) Cualquier otra documentación que le sea requerida a efectos de comprobar la realización del proyecto subvencionado.
Plazo máximo
El plazo para justificar la inversión total objeto de la ayuda finalizará el día 20 de enero de 2025 (incluido).
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Instituto de Indústrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)
Carrer de l'Almudaina, 4. (Can Oleo)..
Tel.: 971176041
(lmartin@icib.caib.es)