Requisitos
1. De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 24 del Decreto 103/1998, podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las asociaciones o centros sociales legalmente reconocidos, sin finalidad de lucro y con personalidad jurídica propia en el territorio donde se encuentren asentadas y constituidas como comunidades baleares en el exterior.
2. Las entidades citadas en el punto anterior deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de comunidades baleares asentadas fuera de las Illes Balears.
b) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con la Seguridad Social.
c) No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas ni a ningún procedimiento sancionador.
d) No incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 11.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
Documentación a presentar
1. Solicitud
2. Estatutos de la entidad actualizados (si han sufrido cambios).
3. Documentación acreditativa de la representación legal de la entidad de la persona que firma la solicitud (si ha sufrido cambios).
4. Número de identificación fiscal de la entidad (si ha sufrido cambios).
5. La memoria anual de actividades de 2023. Únicamente tienen que presentarla las comunidades baleares en el exterior que no resultaron beneficiarias de la subvención en 2023.
6. Anexo 1. Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados. Asimismo, en el supuesto de que el pago se tenga que efectuar a través de un banco de fuera de la Unión Europa, deberá presentarse un certificado bancario en el que conste la siguiente información: los datos identificativos de la entidad solicitante de la subvención, titular de la cuenta: número de identificación fiscal o equivalente en el país de origen, y nombre o razón social; y los datos bancarios para el pago: nombre de la entidad bancaria y código numérico; oficina y código numérico; dirección de la oficina de la entidad bancaria y país, y numeración completa de la cuenta bancaria, SWIFT o BIC.
7. Anexo 2. Declaración responsable de no haber solicitado ni recibo ninguna otra ayuda o financiación para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente público o privado, o bien, en caso contrario, una relación de las entidades a las que se ha solicitado una subvención para la misma finalidad o de las que se ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida.
8. Anexo 3. Declaración responsable de no estar afectado por ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y en el artículo 11.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
9. Anexo 4. Declaración responsable del solicitante sobre el cumplimiento de las obligaciones que establece el artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.
10. Anexo 5. Declaración responsable relativa al alta en la Seguridad Social y en la Agencia Española de Administración Tributaria. Si la entidad está o ha estado dada de alta, deberá presentar los certificados administrativos acreditativos de que está al corriente del pago de sus obligaciones, solo en el supuesto de que no autorice a la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas a comprobarlo.
11. Anexo 6. Fichas descriptivas de las actuaciones de 2024 para las que se solicita la ayuda.
12. Anexo 7. Presupuesto.
13. El proyecto de obra, en su caso.
14. Si se solicita una subvención para el funcionamiento, el mantenimiento o el mejoramiento de las sedes, o para realizar una inversión, la documentación probatoria de la titularidad de la propiedad o de los derechos sobre los inmuebles (escritura de propiedad, contrato de alquiler, contrato de cesión, etc.), si ha sufrido cambios.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Se pueden presentar en cualquier momento a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y hasta el 31 de octubre de 2024.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
Passeig de Sagrera, 2.
Tel.: 971177002
(isangil@dgre.caib.es)
Observaciones
Se debe adjuntar el modelo de solicitud rellenado y firmado electrónicamente.