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Subvenciones a centros educativos no universitarios para actividades de educación ambiental para el curso 2024-2025

El objeto de esta convocatoria es el establecimiento de subvenciones destinadas a financiar los gastos generados por el desarrollo del Programa de centros ecoambientales entre el 1 de septiembre de 2024 y el 28 de junio de 2025, a los efectos de impulsar la educación ambiental en la infancia y la juventud, hacer partícipe toda la comunidad educativa y mejorar la capacidad de ésta de intervenir positivamente sobre el medio ambiente contribuyendo a la transformación de personas en sujetos activos del cambio social

Código SIA

3115221

Personas destinatarias

Los centros educativos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de titularidad pública o privada, que participan en el Programa de centros ecoambientales en el curso 2024-2025, el cual viene regulado por la Resolución de la Directora General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de día 24 de abril de 2024.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses desde el día de presentación formal de la solicitud

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

Documentos relacionados con el procedimiento

  • BOIB resolución de convocatoria
    Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a centros educativos no universitarios de las Illes Balears para actividades de educación ambiental para el curso escolar 2024-2025

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

1. Todos los centros educativos que participan en el Programa de centros ecoambientals en la convocatoria del curso escolar 2023/2024 y cumplen los requisitos de esta convocatoria de subvenciones y de la Orden del consejero de Medio Ambiente, publicada en el BOIB núm.120 de 13 de agosto de 2005, por la cual se establecen las bases reguladoras de subvenciones por la ambientalización de centros educativos en las Islas Baleares, tienen derecho a la subvención y recibirán una cantidad mínima del 100% hasta 600 euros para el desarrollo del Programa.

2. El centro educativo con derecho a la subvención solo puede cursar una única solicitud.

3. No se puede ser beneficiario de esta subvención cuando se incurra en alguna de las prohibiciones comprendidas en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

4. Es un requisito para ser beneficiario de la subvención no haber sido sancionado o condenado en los últimos tres años para ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme, según se indica en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

5. Es condición indispensable para acceder a la financiación de esta subvención estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Gobierno de las Islas Baleares y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social. Solo tienen que acreditar esta condición los centros docentes privados, y se tiene que acreditar en el momento de formular la solicitud y antes del pago de la subvención.

Documentación a presentar

1) Documento acreditativo de la condición de director o directora.

2) En caso de oposición a la consulta de datos:

A. Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

B. Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

3) Proyecto de educación ambiental objeto de la subvención, ajustado al formato del anexo 2.

Para los centros educativos concertados, además:

4) Concierto educativo vigente

5) Documento acreditativo de la representación legal.

6) Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Un mes, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatória en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Fecha límite para presentar la solicitud de subvención será el 14 de diciembre de 2024

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Calidad Ambiental y Educación Ambiental

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Calidad Ambiental y Educación Ambiental

Gremi de Corredors 10. Polígon de Son Rossinyol. Tel.: 900151617

(easubvencions@dgmedinatural.caib.es)

Observaciones

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Finalidad

Gestión de subvenciones de educación ambiental, prevista en la Orden de 3 de mayo de 2006 del consejero de Medio Ambiente por la cual se establecen las bases reguladoras de subvenciones para actividades de educación ambiental en las Illes Balears a favor de personas y entidades sin ánimo de lucro, y que por obligación legal se deben facilitar al responsable del tratamiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán los datos personales a terceros, excepto si hay obligación legal o interés legítimo de acuerdo con el RGPD

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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