Requisitos
1. Todos los centros educativos que participan en el Programa de centros ecoambientals en la convocatoria del curso escolar 2023/2024 y cumplen los requisitos de esta convocatoria de subvenciones y de la Orden del consejero de Medio Ambiente, publicada en el BOIB núm.120 de 13 de agosto de 2005, por la cual se establecen las bases reguladoras de subvenciones por la ambientalización de centros educativos en las Islas Baleares, tienen derecho a la subvención y recibirán una cantidad mínima del 100% hasta 600 euros para el desarrollo del Programa.
2. El centro educativo con derecho a la subvención solo puede cursar una única solicitud.
3. No se puede ser beneficiario de esta subvención cuando se incurra en alguna de las prohibiciones comprendidas en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
4. Es un requisito para ser beneficiario de la subvención no haber sido sancionado o condenado en los últimos tres años para ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme, según se indica en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
5. Es condición indispensable para acceder a la financiación de esta subvención estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Gobierno de las Islas Baleares y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social. Solo tienen que acreditar esta condición los centros docentes privados, y se tiene que acreditar en el momento de formular la solicitud y antes del pago de la subvención.
Documentación a presentar
1) Documento acreditativo de la condición de director o directora.
2) En caso de oposición a la consulta de datos:
A. Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
B. Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
3) Proyecto de educación ambiental objeto de la subvención, ajustado al formato del anexo 2.
Para los centros educativos concertados, además:
4) Concierto educativo vigente
5) Documento acreditativo de la representación legal.
6) Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Un mes, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatória en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Fecha límite para presentar la solicitud de subvención será el 14 de diciembre de 2024
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Calidad Ambiental y Educación Ambiental
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Calidad Ambiental y Educación Ambiental
Gremi de Corredors 10. Polígon de Son Rossinyol.
Tel.: 900151617
(easubvencions@dgmedinatural.caib.es)
Observaciones
La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.