Requisitos
a) Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de dictar la propuesta de resolución.
b) No estar sometido a ninguno de las prohibiciones para ser beneficiario de las ayudas establecidas en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y en el artículo 13 de la Ley general de subvenciones.
c) No haber sido sancionados o condenados en los tres últimos años para ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firma o condenadas por sentencia judicial firme de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, ni haber sido sancionado o condenado por resolución administrativa firme con pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas pelo periodo estipulado en el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar el LGTBI-fobia.
Documentación a presentar
1. Las personas solicitantes tienen que presentar, junto con su solicitud, los documentos siguientes:
La declaración responsable sobre los puntos siguientes, de acuerdo con el modelo establecido :
a) Declaración de no estar sometido a ninguno de las prohibiciones que establecen los apartados 1 y 2 del artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones, y artículo 13 de la Ley general de subvenciones; ni tampoco haber sido sancionado de acuerdo con lo que establece el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar el LGTBI-fobia, que se encuentra incluida en la solicitud.
b) Declaración de todas las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitados para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales o, si se tercia, una declaración exprés de no haber solicitado u obtenido ninguno; así como declaración responsable para garantizar que las ayudas solicitadas no superan, aisladamente o conjuntamente, el coste total de la actividad objetivo de la subvención.
c) Declaración que en los últimos tres años no ha sido sancionado por resolución administrativa firme o condenado por sentencia judicial firme porque haya ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
d) Declaración responsable que es cierta y completa la información contenida en la solicitud de subvención y que cumple todos los requisitos y condiciones para el acceso a la subvención.
e) Identificar la titularidad de la cuenta bancaria para recibir el ingreso de la subvención según el modelo incluido en la solicitud.
2. Documentación técnica:
a) Memoria de la actividad de la subvención y justificación de la necesidad.
b) Presupuesto detallado de los gastos previstos para lo periodo subvencionable.
3. De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 61 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, que aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral puede obtener los certificados acreditativos que la persona interesada está al corriente de las obligaciones tributarias con la agencia tributaría estatal, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con la Seguridad Social, excepto la oposición exprés de la persona interesada que se tiene que hacer constar en el modelo de solicitud.
En caso de que se opongan a esas consultas, se tiene que aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de esas obligaciones, junto con la solicitud de ayudas.
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de quince días contadores a partir del tercer día hábil siguiente al lo de la publicación de la resolución por la que se aprueba la convocatoria en Boletín Oficial de las Illes Balears .
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Contacto
Servicio o Sección responsable
Área de Subvenciones
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló).
Tel.: 971178900
(sferrer@dgtreslab.caib.es)