Requisitos
Las personas empadronadas en Ibiza que quieran participar en el mercado del Día de las Illes Balears y que cumplan los requisitos que se establecen pueden presentar la solicitud y la documentación requerida en una de las siguientes opciones:
Modalidad A: artesanos de Ibiza que disponen de acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el cual se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de calificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico.
Reserva de plazas para la modalidad A: 15.
Modalidad B: personas de Ibiza que llevan a cabo una actividad artesanal que no disponen de acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el cual se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de calificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico.
Reserva de plazas para la modalidad B: 6.
Modalidad C: vendedores no artesanos de Ibiza .
Reserva de plazas para la modalidad C: 1.
Las personas interesadas que quieran participar solo pueden presentar la solicitud a una de las modalidades.
Las personas interesadas que hayan sido adjudicatarias de la convocatoria aprobada por la Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio natural de 17 de octubre de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria para participar en la Feria del Producto Local incluida en la Feria de la Fiesta de las Illes Balears 2025 no podrán participar en esa convocatoria.
Documentación a presentar
MODALIDAD A: Pueden participar en este modalidad A todos los artesanos de Ibiza que disponen de acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el cual se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de calificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico. Este modalidad se divide en dos de acuerdo con el tipo de artesanos participantes:
Modalidad A1: artesanos tradicionales de Ibiza que disponen de la acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el artículo 6.2 in fino del Decreto 47/2014, de 5 de septiembre, el objetivo de los cuales tiene por finalidad única conservar y transmitir los conocimientos que forman parte de los oficios tradicionales y de la cultura propia de las Illes Balears . Este artesanos no es necesario que estén dados de alta a la Seguridad Social dado que no comercialicen, puesto que su objetivo no es la finalidad económica sino conservar y transmitir los conocimientos y la cultura de su oficio.
Modalidad A2: artesanos de Ibiza que disponen de la acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre.
Los participantes tienen que presentar una copia de su acreditación vigente junto con la solicitud de participación.
Los participantes tienen que vender exclusivamente sus productos artesanos.
Las personas interesadas a participar en la modalidad A tienen que presentar junto con la solicitud debidamente rellenada la documentación siguiente:
a) Una copia del DNI por ambas caras. En el caso de las personas jurídicas, se tiene que presentar además una copia del CIF de la empresa y del DNI del representante legal. En el caso de los ciudadanos extranjeros, una copia de la tarjeta de residencia que habilita para trabajar en España y el documento identificativo en vigor (DNI o pasaporte).
b) El certificado de empadronamiento en Ibiza de la persona titular.
c) Declaración responsable que acredita que los productos con los cuales participará responden a una elaboración propia, de acuerdo con la memoria presentada.
d) Únicamente para los solicitantes de la modalidad A2. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de las Illes Balears .
e) La documentación acreditativa de estar dado de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con actividad alta en el epígrafe correspondiente, en el momento de la solicitud de participación y como mínimo hasta la fecha de finalización del acontecimiento. Restan exentos de este requisito los artesanos de la modalidad A1.
f) Una memoria explicativa del proceso de elaboración de los productos, que describa la totalidad de las técnicas usadas en los productos a la venta o exposición.
g) Un dosier fotográfico en el cual estén representados los productos para exponer o vender y que reflejen las técnicas básicas que utiliza el artesano. Tiene que contener un mínimo de 5 fotografías en formato electrónico de resolución suficiente. No se puede exponer ni vender ningún tipo de producto que no esté incluido en el dosier fotográfico.
h) Una fotografía del estand montado, salvo que sea la primera participación en una feria. Los tipos de productos o las técnicas de trabajo que aparezcan a la fotografía y que no estén incluidos en las fotografías del dosier no se pueden exponer ni vender en la feria. En el supuesto de que la exposición reflejada en la foto grafía no cumpla las normas de este bases, se puede denegar la participación a la feria.
y) La carta, el carné de artesano. Este documentos tienen que estar en vigor o se tiene que aportar el resguardo de la solicitud de renovación. Este documento se tiene que exponer al paro en un lugar visible.
j) La póliza de seguro de responsabilidad civil vigente durante los días del mercado y el recibo del pago. Se tiene que presentar obligatoriamente una vez se los haya adjudicado un lugar.
k) La documentación acreditativa de los criterios de selección consignados en la solicitud.
MODALIDAD B: Pueden participar en este modalidad B todas las personas que llevan a cabo una actividad artesanal en Ibiza que no disponen de acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, por el cual se establecen los principios generales del procedimiento para obtener la carta de artesano, la carta de maestro artesano, el documento de calificación artesanal y la carta de maestro artesano honorífico. Este modalidad se divide en dos de acuerdo con el tipo de participante:
Modalidad B1: personas que llevan a cabo una actividad artesanal que no disponen de la acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, y no son vendedoras, dado que su objetivo tiene por finalidad única conservar y transmitir los conocimientos que forman parte de los oficios tradicionales y de la cultura propia de las Illes Balears . Este personas no es necesario que estén dadas de alta a la Seguridad Social porque no comercialicen, puesto que su objetivo no es la finalidad económica sino conservar y transmitir los conocimientos y la cultura de su oficio.
Modalidad B2: personas que llevan a cabo una actividad artesanal que no disponen de acreditación expedida por los consejos insulares de acuerdo con el Decreto 41/2014, de 5 de septiembre, y que son vendedoras.
Las personas interesadas a participar en la modalidad B tienen que presentar junto con la solicitud debidamente rellenada la documentación siguiente:
a) Una copia del DNI por ambas caras. En el caso de las personas jurídicas, se tiene que presentar además una copia del CIF de la empresa y del DNI del representante legal. En el caso de los ciudadanos extranjeros, una copia de la tarjeta de residencia que habilita para trabajar en España y el documento identificativo en vigor (DNI o pasaporte).
b) El certificado de empadronamiento en Ibiza de la persona titular.
c) Declaración responsable que acredita que los productos con los cuales participará responden a una elaboración propia, de acuerdo con la memoria presentada.
d) Un certificado actualizado de alta en el impuesto de actividades económicas, en el cual figure un epígrafe de actividad artesanal, así como la antigüedad en la actividad artesanal. Este documento no es necesario para los solicitantes de la modalidad B1.
e) Únicamente para la modalidad B2. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de las Illes Balears .
f) La documentación acreditativa de estar dado de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con actividad alta en el epígrafe correspondiente, en el momento de la solicitud de participación y como mínimo hasta la fecha de finalización del acontecimiento. Este documentación no es necesaria para los solicitantes de la modalidad B1.
g) Una memoria explicativa del proceso de elaboración de los productos, que describa la totalidad de las técnicas usadas en los productos a la venta.
h) Un dosier fotográfico en el cual estén representados los productos para exponer o vender y que reflejen las técnicas básicas que utiliza el artesano. Tiene que contener un mínimo de 5 fotografías en formato electrónico de resolución suficiente. No se puede exponer o vender ningún tipo de producto que no esté incluido en el dosier fotográfico.
y) Una fotografía del estand montado, salvo que sea la primera participación en una feria. Los tipos de productos o las técnicas de trabajo que aparezcan a la fotografía y que no estén incluidos en las fotografías del dosier no se pueden exponer o vender en la feria. En el supuesto de que la exposición reflejada en la foto grafía no cumpla las normas de este bases, se puede denegar la participación a la feria.
j) La póliza de seguro de responsabilidad civil vigente durante los días del mercado y el recibo del pago. Se tiene que presentar obligatoriamente una vez se los haya adjudicado un lugar.
k) La documentación acreditativa de los criterios de selección consignados en la solicitud.
MODALIDAD C: Pueden participar en este modalidad C las personas que son vendedoras de productos no artesanos.
Los participantes tienen que vender exclusivamente sus productos.
Para poder participar en la modalidad C, los participantes tienen que cumplir las condiciones siguientes, además de las señaladas a todos los efectos:
a) Domicilio fiscal: todos los participantes tienen que tener el domicilio fiscal en Ibiza .
b) Regulación fiscal y social
· Estar dados de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con actividad alta en el epígrafe correspondiente, en el momento de la solicitud de participación y como mínimo hasta la fecha de finalización del acontecimiento.
· Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria de las Illes Balears .
c) Seguridad y salud
· Cumplir la normativa vigente en materia de seguridad y salud, incluyendo la normativa sobre manipulación de alimentos, si procede.
· Disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier incidente que pueda ocurrir durante el montaje, la duración y el desmontaje del acontecimiento.
d) Presentación y pulcritud del estand
· Mantener el estand limpio y ordenado durante todo el transcurso del acontecimiento.
· El estand tiene que reflejar una imagen profesional y atractiva de los productos expuestos.
e) Prohibiciones específicas
· Queda prohibido el uso de cualquier espacio o recurso del acontecimiento para actividades diferentes de las especificadas en las condiciones de participación.
· No se permite la venta de productos que no cumplen las normativas de producción y venta establecidas de acuerdo con las leyes aplicables.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes acaba día 30 de enero de 2025.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Relaciones Institucionales
Passeig de Sagrera, 2.
Tel.: 971177002
(lbouazza@dgri.caib.es)