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Abono de la paga extraordinaria de antigüedad del personal docente de los centros privados concertados curso 2024-2025

El abono de la paga extraordinaria de antigüedad prevista en los Convenios Colectivos VI y VII, de empresas de enseñanza privada sostenidas totalmente o parcialmente con fondos públicos, XIV y XV, general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad

Código SIA

3154448

Personas destinatarias

Personal docente jubilado que haya estado de alta un mínimo de tres años en la nómina de pago delegado o pago directo, y que acredite haber logrado 25 años de antigüedad en centros de la misma empresa o titularidad.

Plazo máximo para la resolución y notificación

12 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados

Trámites

X

Solicitud de abono de la paga extraordinaria de antigüedad

Requisitos

Percibirá la paga extraordinaria de antigüedad el personal docente, siempre que, en el momento de cumplir el requisito de antigüedad, cumpla los dos requisitos siguientes:

a) Estar en régimen de pago delegado o de pago directo, en excedencia forzosa siempre que haya accedido desde un nivel concertado, o en otros situaciones en que la antigüedad compute.

b) Haber permanecido en pago delegado o directo un mínimo de tres años.

Documentación a presentar

a) El modelo Anexo 2 de esta Resolución, debidamente rellenado y firmado.

b) Informe de vida laboral, expedido por la Seguridad Social, en fecha posterior a la fecha de jubilación o situación similar, vigente a la fecha de la solicitud y que incluya los periodos de trabajo realizados en centros privados concertados.

c) Declaración de veracidad de datos bancarios.

Además, una vez hecha la solicitud, el docente tiene que presentar en el centro concertado en el cual ha prestado la docencia por última vez, la comunicación de haber solicitado el abono de la paga de antigüedad. El modelo de esta comunicación figura como Anexo 3.

Modelos:

Plazo máximo

Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB hasta el 28 de febrero de 2025

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Departamento de Centros Concertados

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Centros Concertados

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177836 - Fax: 971176872

(concertseducatius@dgplacen.caib.es)

X

Alegaciones a las listas provisionales

Requisitos

Las personas interesadas pueden formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas.

Documentación a presentar

El plazo para formular alegaciones ante el director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas es de 10 días hábiles contadores desde el día siguiente de la publicación de la lista provisional

Modelos:

Plazo máximo

El termini per formular al·legacions davant el director general de Personal Docent i Centres Concertats és de 10 dies hàbils comptadors des de l'endemà de la publicació de la llista provisional

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Departamento de Centros Concertados

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Centros Concertados

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177836 - Fax: 971176872

(concertseducatius@dgplacen.caib.es)

X

Comunicación del profesorado que ha presentado la solicitud de paga extraordinaria de antigüedad

Requisitos

Los centros concertados tendrán que presentar a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados una relación del profesorado que ha presentado la solicitud de abono de la paga extraordinaria de antigüedad

Documentación a presentar

Los centros tendrán que presentar el anexo 4: Relación del profesorado que ha presentado la solicitud de abono de la paga extraordinaria de antigüedad

Plazo máximo

Del 1 al 15 de marzo de 2025

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Departamento de Centros Concertados

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Centros Concertados

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 4a planta). Tel.: 971177836 - Fax: 971176872

(concertseducatius@dgplacen.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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