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Ayudas para alumnos y profesores de ciclos formativos de grado medio - Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras (febrero-abril 2025)

Establecer las condiciones para otorgar un mínimo de 75 ayudas a alumnos y un mínimo de 12 ayudas a profesores de ciclos formativos de grado medio asociados a la impartición de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para participar en dos programas de inmersión lingüística en lengua inglesa entre los meses de febrero y abril de 2025, organizados por la Consejería de Educación y Universidades.

Código SIA

3153879

Personas destinatarias

- Alumnos que están matriculados en ciclos formativos de grado medio asociados a la impartición de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears durante el curso escolar 2024-2025 y que participan en el Plan mencionado.

- Profesores que en el curso escolar 2024-2025 imparten docencia a un grupo de un ciclo formativo de grado medio asociado a los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y tienen alumnos que participan en ellos.

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses a partir de la fecha de fin del plazo para presentar solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

- Para optar a las ayudas de la modalidad A, los alumnos solicitantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Cursar un ciclo formativo de grado medio asociado a la impartición de alguno de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras durante el curso escolar 2024-2025.

b) Participar en alguno de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en los Ciclos Formativos de Grado Medio en la fecha de publicación de esta Resolución.

c) Cumplir la normativa correspondiente para poder viajar a Irlanda, en caso de no ser ciudadano de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.

d) Tener la documentación necesaria para poder viajar al extranjero, de acuerdo con la normativa general y sanitaria vigente en el momento de hacer la actividad. Los datos personales de los beneficiarios serán tratados de acuerdo con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento Europeo de protección de datos 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

- Para optar a las ayudas de la modalidad B, los profesores solicitantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Impartir docencia en un centro educativo sostenido con fondos públicos de las Illes Balears en un grupo de un ciclo formativo de grado medio asociado a la impartición de alguno de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras.

b) Tener alumnos que participen en alguno de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras durante el curso escolar 2024-2025 en la fecha de publicación de esta Resolución.

c) Cumplir la normativa correspondiente para poder viajar a Irlanda, en caso de no ser ciudadano de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.

d) Tener la documentación necesaria para poder viajar al extranjero, de acuerdo con la normativa general y sanitaria vigente en el momento de realización de la actividad. Los datos personales de los beneficiarios serán tratadas de acuerdo con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento Europeo de protección de datos 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

En las dos modalidades, los participantes que hayan disfrutado de estas estancias durante dos convocatorias quedaran excluidos de esta convocatoria.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Del 1 al 15 de diciembre de 2024, ambos incluidos.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Planificación y Participación

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177773

(departamentfp@dgfpieas.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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