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Convocatoria para formar parte de una bolsa de auxiliares de conversación de lenguas extranjeras en las Islas Baleares

Convocatoria para formar parte de una bolsa de auxiliares de conversación de lenguas extranjeras en las Islas Baleares para cubrir las renuncias de los auxiliares titulares seleccionados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

Código SIA

3153536

Personas destinatarias

Las personas solicitantes que puedan obtener la condición de beneficiarias, en conformidad con el que se establece al artículo 9 del Decreto legislativo 2/2005, tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener la nacionalidad o la residencia permanente en uno de los países con los cuales el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha subscrito convenios bilaterales de cooperación educativa, cultural, científica y técnica o memorándums de educación. Estos países son los siguientes: Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Bulgaria (inglés ), el Canadá (francés o inglés ), China (inglés ), Dinamarca, los Estados Unidos, las Filipinas, Finlandia (inglés ), Francia, Hungría, Irlanda, la India (inglés ), Italia, Luxemburgo (inglés ), Malta, el Marruecos (francés ), Noruega (inglés ), Nueva Zelanda, los Países Bajos (inglés ), Países de Oceanía (Fiji, las Islas Salomón, Tonga y Vanuatu), Polonia, Portugal, el Reino Unido, la República Xeca, Singapur, Suecia (inglés ), Suiza (alemán o francés ), Túnez (francés ) y cualquiera otro país que pueda subscribir un de estos convenios o memorándums durante la vigencia de esta convocatoria.

b) Haber sido alumno universitario del último curso o del penúltimo durante el curso 2023-2024, o haber obtenido una titulación de educación superior, o acreditar una experiencia docente o formación en la enseñanza de lenguas extranjeras.

c) Ser mayor de edad y menor de 60 años a fecha 1 de enero de 2025.

d) No sufrir ninguna enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como auxiliar de conversación.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El consejero de Educación y Universidades tiene que resolver motivadament en el plazo de seis meses contadores a partir de la finalización del plazo para presentar las solicitudes.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Las personas solicitantes que puedan obtener la condición de beneficiarias, de conformidad con lo que se establece en el artículo 9 del Decreto Legislativo 2/2005, tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener la nacionalidad o la residencia permanente en uno de los países con los cuales el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha suscrito convenios bilaterales de cooperación educativa, cultural, científica y técnica o memorándums de educación. Estos países son los siguientes: Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Bulgaria (inglés ), Canadá (francés o inglés ), China (inglés ), Dinamarca, Estados Unidos, Filipinas, Finlandia (inglés ), Francia, Hungría, Irlanda, India (inglés ), Italia, Luxemburgo (inglés ), Malta, Marruecos (francés ), Noruega (inglés ), Nueva Zelanda, Países Bajos (inglés ), Países de Oceanía (Fiji, las Islas Salomón, Tonga y Vanuatu), Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Singapur, Suecia (inglés ), Suiza (alemán o francés ), Túnez (francés ) y cualquiera otro país que pueda suscribir uno de estos convenios o memorándums durante la vigencia de esta convocatoria.

b) Haber sido alumno universitario del último curso o del penúltimo durante el curso 2023-2024, o haber obtenido una titulación de educación superior, o acreditar una experiencia docente o formación en la enseñanza de lenguas extranjeras.

c) Ser mayor de edad y menor de 60 años a fecha 1 de enero de 2025.

d) No sufrir ninguna enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como auxiliar de conversación.

Documentación a presentar

A la solicitud (anexo 2) se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del pasaporte o tarjeta de residencia.

b) Fotocopia compulsada de la titulación de educación superior alegada, o certificado de estar matriculado en el último o penúltimo curso de estudios de nivel universitario, o certificado que acredite una experiencia docente o formación en la enseñanza de lenguas extranjeras.

c) Certificado médico con fecha de 2024 que acredite que la persona interesada no padece ninguna enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como auxiliar de conversación.

d) Documentación acreditativa de los méritos alegados en relación con los criterios de valoración recogidos en el punto undécimo de la convocatoria.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales contadores desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Consejería de Educación y Universidades

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Lenguas Extranjeras y Proyectos Internacionales

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177778 - Fax: 971176869

(spl@dgpice.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Planificación y Gestión Educativas

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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