Convocatoria para formar parte de una bolsa de auxiliares de conversación de lenguas extranjeras en las Islas Baleares
Convocatoria para formar parte de una bolsa de auxiliares de conversación de lenguas extranjeras en las Islas Baleares para cubrir las renuncias de los auxiliares titulares seleccionados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Código SIA
3153536
Personas destinatarias
Las personas solicitantes que puedan obtener la condición de beneficiarias, en conformidad con el que se establece al artículo 9 del Decreto legislativo 2/2005, tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a) Tener la nacionalidad o la residencia permanente en uno de los países con los cuales el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha subscrito convenios bilaterales de cooperación educativa, cultural, científica y técnica o memorándums de educación. Estos países son los siguientes: Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Bulgaria (inglés ), el Canadá (francés o inglés ), China (inglés ), Dinamarca, los Estados Unidos, las Filipinas, Finlandia (inglés ), Francia, Hungría, Irlanda, la India (inglés ), Italia, Luxemburgo (inglés ), Malta, el Marruecos (francés ), Noruega (inglés ), Nueva Zelanda, los Países Bajos (inglés ), Países de Oceanía (Fiji, las Islas Salomón, Tonga y Vanuatu), Polonia, Portugal, el Reino Unido, la República Xeca, Singapur, Suecia (inglés ), Suiza (alemán o francés ), Túnez (francés ) y cualquiera otro país que pueda subscribir un de estos convenios o memorándums durante la vigencia de esta convocatoria.
b) Haber sido alumno universitario del último curso o del penúltimo durante el curso 2023-2024, o haber obtenido una titulación de educación superior, o acreditar una experiencia docente o formación en la enseñanza de lenguas extranjeras.
c) Ser mayor de edad y menor de 60 años a fecha 1 de enero de 2025.
d) No sufrir ninguna enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como auxiliar de conversación.
Plazo máximo para la resolución y notificación
El consejero de Educación y Universidades tiene que resolver motivadament en el plazo de seis meses contadores a partir de la finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Consejería de Educación y Universidades