Requisitos
Experiencia laboral mínimo de 6 meses a tiempo completo durante los 5 últimos años transcurridos hasta la fecha de presentación de la solicitud y que se corresponda con la formación cursada.
*La exención del periodo de formación en empresa se producirá únicamente en el marco de régimen general.
Documentación a presentar
Personal asalariado - Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (Vida Laboral) donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación y contrato de trabajo o certificación de la empresa donde conste la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el cual se ha realizado esta actividad.
Personal autónomo - Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (Vida Laboral) con la descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el cual se ha realizado la misma.
Personas becarias - Certificación de la persona responsable en la organización donde haya prestado la asistencia en la cual consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas a esta.
Personas voluntarias - Certificación expedida por la entidad de voluntariado donde se haya prestado la asistencia en la cual consten, específicamente, además de los datos personales e identificativas de la persona voluntaria, la fecha de incorporación a la entidad y la duración, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado, el lugar y el número total de horas dedicadas a estas.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
3 meses
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servei del Seguiment 2