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Exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado (FEMPO)

Exención de la FEMPO de los grados C de FP de los alumnos que hayan cursado el último módulo profesional en un centro de la Red de Centros de Formación Profesional del SOIB

Código SIA

3141449

Personas destinatarias

Alumnos que solicitan la exención del periodo de formación en empresa u organismo equiparado (FEMPO) y que pueden acreditar la experiencia laboral mediante la documentación establecida al apartado 2 y 3 del artículo 177 del Real decreto 659/2023, de 18 de julio.

Plazo máximo para la resolución y notificación

3 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Trámites

X

Solicitud de exención del FEMPO

Requisitos

Experiencia laboral mínimo de 6 meses a tiempo completo durante los 5 últimos años transcurridos hasta la fecha de presentación de la solicitud y que se corresponda con la formación cursada.

*La exención del periodo de formación en empresa se producirá únicamente en el marco de régimen general.

Documentación a presentar

Personal asalariado - Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (Vida Laboral) donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación y contrato de trabajo o certificación de la empresa donde conste la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el cual se ha realizado esta actividad.

Personal autónomo - Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (Vida Laboral) con la descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el cual se ha realizado la misma.

Personas becarias - Certificación de la persona responsable en la organización donde haya prestado la asistencia en la cual consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas a esta.

Personas voluntarias - Certificación expedida por la entidad de voluntariado donde se haya prestado la asistencia en la cual consten, específicamente, además de los datos personales e identificativas de la persona voluntaria, la fecha de incorporación a la entidad y la duración, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado, el lugar y el número total de horas dedicadas a estas.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

3 meses

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servei del Seguiment 2

X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

Documentación requerida por el Servicio de Seguimiento 2

Documentación a presentar

- Vida laboral en caso de no autorizar al SOIB

- Certificado de empresa

- Certificado becarios

Modelos:

Plazo máximo

10 días hábiles desde la notificación del requerimiento

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servei del Seguiment 2

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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