Servicio de mediación familiar de las Illes Balears
¿Qué es?
El SPMFIB ofrece un proceso de 8 sesiones gratuitas para acompañar a resolver conflictos familiares susceptibles de ser planteados judicialmente. Es un proceso voluntario, confidencial y neutral gestionado por profesionales debidamente acreditados.
Las materias susceptibles de mediación familiar son: situaciones de separación y divorcio, recuperar estancias entre abuelos/as y nietos/as, aceptación de herencias, cuidado de personas mayores y/o dependientes, etc. con el objetivo de abrir vías de diálogo y conseguir acuerdos entre los dos miembros de la pareja o miembros de la misma familia acompañados por profesionales de la mediación familiar cualificados.
¿Qué objetivos tiene?
- Ayudar a recuperar la comunicación con el otro miembro de la pareja o de la familia.
- Llegar a acuerdos entre los diferentes participantes.
- Reducir el malestar psicológico, económico y social que generan los conflictos familiares.
- Evitar un procedimiento judicial de larga duración, con las consecuencias emocional y costes económicos que supone.
¿A quién va dirigido?
- Las personas separadas o divorciadas, las unidas por vínculo matrimonial, las que forman una pareja estable o pareja de hecho y que deseen regular la ruptura de pareja lo menos conflictivamente posible.
- Las personas unidas por otros vínculos de parentesco, germanos/as adulto/as, primos(as, etc. cuando sean titulares de los derechos de alimentos (necesidades de vivienda, ropa, alimentación, salud, amor, educación,...)
- Los abuelos y las abuelas y los progenitores de los nietos/as, para favorecer las relaciones entre abuelos y abuelas y nietos y nietas.
- Otros familiares, siempre que se trate de materias disponibles por los partos de acuerdo con el derecho de familia y susceptibles de ser planteadas judicialmente.
Criterios importantes:
Todas las personas tienen que ser mayores de edad o emancipadas y aceptar voluntariamente participar en el proceso.
Queden excluidos de la Atención en MF los casos:
- Solicitados por menores de edad no emancipados
- No esté adoptada decisión sobre la separación/divorcio de la pareja.
- En que una de las partes no aceptan voluntariamente participar al proceso de MF.
- En que falte documento acreditativo de haber sometido el conflicto a la jurisdicción pertinente o declaración responsable de que se someterán a mediación familiar.
- En que se produzca violencia o maltrato sobre la pareja, los hijos y las hijas o sobre cualquier miembro de la unidad familiar, o cualesquier otras actuaciones que puedan ser constitutivas de ilícito penalti.
- Cuando una de las partes sufra un trastorno grave de salud mental en fase aguda (no estabilizado), o cuando sufra un trastorno por abuso o dependencia grave a cualquier droga en fase activa, se suspenderá la intervención hasta la normalización o estabilización psíquica de la persona. La persona que lleve a cabo la mediación, valorará el impacto del hecho sobre la viabilidad de llegar a acuerdos en la mediación, así como la duración de la suspensión.
¿Cómo acceder?
Se puede acceder de dos formas:
- Por iniciativa propia o derivados por alguna institución (Servicios Sociales, Educacuó, Sistema de salud...) directamente al Servicio de Mediación Familiar de la Dirección general de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad. Rellenar la «Solicitud de Mediación Familiar», firma de todos los participantes, copia de los documentos de identidad (DNI, NIE ,...) y certificado de empadronamiento en las Islas Baleares. (Enviar a la sede electrónica del Gobierno Balear)
- A través del juzgados, con la ayuda de su abogado, pueden solicitar al juzgado pertinente que las derive al Servicio de Mediación Familiar de la Dirección general de Infancia, Juventud, Familias. Igualdad y Diversidad, Consejería de Asuntos Sociales.
¿Dónde estamos?
Dirección General de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad
C/ Sant Joan de la Salle, 4b 07003 Palma
Tel. 971 17 71 55 - 619 66 55 75 Fax: 971 17 63 84
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