¿Eres un arrendador afectado por una suspensión de un proceso de desahucio?
El Govern ha implementado un programa de compensación destinado a propietarios y arrendadores que se han visto afectados por la suspensión extraordinaria de estos procesos de desalojo. Este programa también se aplica a los desahucios de personas vulnerables que no cuentan con una alternativa residencial, ofreciendo así una solución equitativa y solidaria frente a esta compleja problemática social.
Procedimiento de conciliación e intermediación
Para proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, el Gobierno de España introdujo el Real Decreto Ley 11/2020, prorrogado por el Real Decreto Ley 1/2025, que permite suspender temporalmente los desahucios de aquellos que no tienen otra vivienda a la que ir y prorrogar los contratos de alquiler de viviendas habituales en situaciones especiales. Este Real Decreto también define a quiénes se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica, requisito para poder acceder a ayudas y moratorias en el pago del alquiler.
Con la entrada en vigor de la Ley 12/2023, el derecho a la vivienda ha recibido nuevas protecciones, y se han actualizado algunas normas relacionadas con los desahucios. Esta Ley amplía los criterios para que algunos desahucios no se acepten y proporciona más respaldo a quienes estén pasando por situaciones económicas difíciles. También establece que las administraciones públicas deben cumplir ciertos requisitos, como preparar informes y aplicar medidas que ayuden a proteger a las personas en riesgo de perder su hogar.
En el siguiente enlace se encuentra toda la información de forma sencilla para que, tanto si eres propietario como inquilino, puedas conocer las ayudas y procedimientos disponibles y cómo la normativa te puede afectar.
Compensación a las personas propietarias y arrendadoras
Este programa ofrece apoyo económico a propietarios y arrendadores que han tenido que suspender desahucios de personas en situación de vulnerabilidad debido al Real Decreto Ley 11/2020.
Las compensaciones se dirigen a:
- Arrendadores: aquellos que, por la situación de vulnerabilidad de sus inquilinos, han pospuesto desahucios por impago o vencimiento de contrato y no han recibido respuesta administrativa en más de tres meses.
- Propietarios de viviendas ocupadas sin título: aquellos que han suspendido desahucios de ocupantes sin contrato y han sufrido un perjuicio económico demostrable, como pérdida de ingresos por venta o alquiler.
El programa quiere mitigar el impacto económico de estas suspensiones.
Actualmente las compensaciones están sujetas a disponibilidades presupuestarias de los remanentes del Plan Estatal de Vivienda.
En esta página puedes consultar cómo acceder a las ayudas y requisitos.
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