Cría de aves de corral para autoconsumo en las Islas Baleares
Si tienes gallinas, pollos u otras aves de corral para consumir la carne o los huevos en tu casa, debes saber que esta actividad está regulada por una normativa específica y que, aunque no seas ganadero profesional, es importante que cumplas unos requisitos mínimos para garantizar la sanidad de los animales y la seguridad alimentaria.
¿Qué se considera una explotación avícola de autoconsumo?
Una explotación avícola de autoconsumo es una instalación en la que se crían aves exclusivamente para el consumo propio de la unidad familiar, sin ninguna finalidad comercial, con una capacidad reducida, inferior a 0,15 unidades de ganado (UG).
Esto equivale aproximadamente a:
En avicultura de carne: entre 50 y 70 pollos anuales, según el peso final de los animales.
En avicultura de puesta: hasta 30 gallinas ponedoras como máximo.
¿Qué normativa se debe cumplir?
La cría de aves para autoconsumo está regulada en el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las explotaciones avícolas. Este real decreto establece las condiciones sanitarias y de funcionamiento que deben cumplir todas las explotaciones, incluidas las de carácter no profesional.
Medidas de bioseguridad obligatorias
Para prevenir enfermedades y evitar la propagación de virus entre aves (como la gripe aviar), es obligatorio que estas explotaciones dispongan de medios para confinar a las aves, sobre todo en situaciones de alto riesgo sanitario decretadas por las autoridades competentes.
Esto puede incluir:
Tener que recluir las aves, temporalmente, en un espacio cerrado o cubierto.
Evitar el contacto con aves salvajes, especialmente acuáticas.
Mantener unas buenas condiciones higiénicas del espacio en el que viven las aves.
Controlar la entrada de personas y vehículos en la zona donde están las aves.
Otras consideraciones importantes
Aunque sea para autoconsumo, debe registrarse la explotación en el Servicio de Producción Ganadera de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural para facilitar la gestión sanitaria y el seguimiento en caso de alertas.
No pueden comercializarse ni la carne ni los huevos producidos en estas condiciones.
La alimentación y las condiciones de bienestar animal deben ser adecuadas en todo momento.
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