Ayudas para alumnos y profesores de ciclos formativos de grado medio asociados a la impartición de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras (curso 2024-2025)
Ayudas para alumnos y profesores de ciclos formativos de grado medio asociados a la impartición de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras (curso 2024-2025)
El plazo de presentación de las solicitudes es del 1 al 15 de diciembre de 2024
02 diciembre 2024En el BOIB núm.156, de 30 de noviembre de 2024, se ha publicado la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan ayudas para alumnos y profesores de ciclos formativos de grado medio asociados a la impartición de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, financiadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Modalidades y número de ayudas
Se convocan ayudas para las modalidades siguientes:
a) Modalidad A: esta modalidad se dirige a los alumnos que están matriculados en ciclos formativos de grado medio asociados a la impartición de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears durante el curso escolar 2024-2025 y que participan en el Plan mencionado.
El número mínimo de ayudas para esta modalidad es de 75.
b) Modalidad B: esta modalidad se dirige a los profesores que en el curso escolar 2024-2025 imparten docencia a un grupo de un ciclo formativo de grado medio asociado a los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y tienen alumnos que participan en ellos.
El número mínimo de ayudas para esta modalidad es de 12.
En las dos modalidades las ayudas están distribuidas por islas de la manera siguiente:
- Un 85% de las ayudas totales para la isla de Mallorca.
- Un 5% de las ayudas totales para la isla de Menorca.
- Un 10% de las ayudas totales para las islas de Ibiza y Formentera.
En las dos modalidades las ayudas son para hacer frente a todos los gastos derivados de los cursos: el desplazamiento de ida y vuelta de Mallorca, Menorca e ibiza al lugar donde se hará el curso y los traslados desde el aeropuerto a la residencia y de la residencia al aeropuerto; las actividades complementarias con sus desplazamientos; el alojamiento; la manutención en régimen de pensión completa; la docencia; el certificado de asistencia, prueba de nivel y materiales pedagógicos; los tutores acompañantes (solo en la modalidad A); y el seguro médico, de responsabilidad civil y de cancelación e interrupción, así como otros gastos e impuestos, si proceden.
El traslado desde el domicilio de residencia de los participantes al aeropuerto de Mallorca, Menorca o Ibiza y desde el aeropuerto en el domicilio de residencia de los participantes irá a cargo de los participantes o de sus familias en caso de los menores de edad.
Los desplazamientos de ida y vuelta de Formentera a Ibiza también irán a cargo de los participantes o de sus familias en caso de los menores de edad.
Lugares de realización y fechas de los programas de inmersión lingüística
Los dos cursos (modalidad A y modalidad B) tendrán lugar en Irlanda, en el periodo comprendido entre el 27 de febrero y el 30 de abril de 2025. La empresa adjudicataria será la encargada de determinar las fechas exactas, los diferentes turnos, y los lugares donde se realizarán los cursos.
Requisitos de los solicitantes
1. Para optar a las ayudas de la modalidad A, los alumnos solicitantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a. Cursar un ciclo formativo de grado medio asociado a la impartición de alguno de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras durante el curso escolar 2024-2025.
b. Participar en alguno de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras en los Ciclos Formativos de Grado Medio en la fecha de publicación de esta Resolución.
c. Cumplir la normativa correspondiente para poder viajar a Irlanda, en caso de no ser ciudadano de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.
d. Tener la documentación necesaria para poder viajar al extranjero, de acuerdo con la normativa general y sanitaria vigente en el momento de hacer la actividad. Los datos personales de los beneficiarios serán tratados de acuerdo con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento Europeo de protección de datos 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
2. Para optar a las ayudas de la modalidad B, los profesores solicitantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:
a. Impartir docencia en un centro educativo sostenido con fondos públicos de las Illes Balears en un grupo de un ciclo formativo de grado medio asociado a la impartición de alguno de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras.
b. Tener alumnos que participen en alguno de los Planes de Refuerzo en Lenguas Extranjeras durante el curso escolar 2024-2025 en la fecha de publicación de esta Resolución.
c. Cumplir la normativa correspondiente para poder viajar a Irlanda, en caso de no ser ciudadano de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.
d. Tener la documentación necesaria para poder viajar al extranjero, de acuerdo con la normativa general y sanitaria vigente en el momento de realización de la actividad. Los datos personales de los beneficiarios serán tratadas de acuerdo con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento Europeo de protección de datos 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
En las dos modalidades, los participantes que hayan disfrutado de estas estancias durante dos convocatorias quedaran excluidos de esta convocatoria.
Forma, lugar y plazo de presentación de las solicitudes
1. Las personas que cumplan los requisitos establecidos en el punto séptimo y que quieren obtener una de las ayudas convocadas podrán presentar la solicitud:
- Para la modalidad A la solicitud se puede presentar de manera telemática o presencial.
- Para la modalidad B únicamente se podrá presentar de manera telemática.
El enlace al trámite telemático es el siguiente:
2. Para la presentación telemática, se tiene que rellenar y finalizar el trámite telemático de la Sede Electrónica de la CAIB con el código SIA 3153879 mediante algunos de los sistemas de identificación siguientes:
I. Cl@ve
II. Certificado Digital
III. eDNI
Para poder registrar la solicitud de manera telemática se debe firmar digitalmente con un certificado de firma válido.
3. Para la presentación presencial, se tiene que presentar la solicitud (anexo 2) debidamente rellenada y firmada, junto con la declaración responsable (anexo 3, en el caso de menores de edad, o anexo 4, en el caso de mayores de edad). Los anexos estarán a disposición de los interesados en la página web de Formación Profesional del Govern de les Illes Balears www.fp.caib.es i se tienen que rellenar preferentemente con ordenador. Se pueden presentar en:
- Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Gobierno de las Illes Balears (OAMR). Solo con cita previa, llamando al 971 225 791. Disponéis del listado de OAMR de la CAIB en https://www.caib.es/sites/atenciociutadania/ca/atencia_presencial_/.
- Oficinas de asistencia en materia de registro de cualquier otra administración (consejos insulares, ayuntamientos, etc.), solo con cita previa.
- Oficinas de Correos (mediante registro electrónico ORVE).
- Cualquier otro lugar previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Estas solicitudes se deben dirigir a:
Departamento de Formación Profesional
Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa
Consejería de Educación y Universidades
C. del Ter, 16
Palma, 07009
El plazo de presentación de las solicitudes es del 1 al 15 de diciembre de 2024.
Estas ayudas están financiadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Fecha de actualización: 02 diciembre 2024
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