Servicio de Prevención y Tratamiento Psicológico de la Violencia Filioparental de las Islas Baleares (VFP)
Servicio de Prevención y Tratamiento Psicológico de la Violencia Filioparental de las Islas Baleares (VFP)
¿Qué es?
Es un recurso psicoterapéutico especializado en el tratamiento del comportamiento agresivo de menores y jóvenes hacia sus progenitores y similares con la finalidad de mejorar las relaciones familiares.
¿Qué objectivos tiene?
- Reducir o eliminar las conductas de violencia filioparental.
- Normalizar la relación entre la persona agresora y el resto de miembros de la familia.
- Empoderar los padres, madres (o personas con un rol parental) y el resto de miembros de la família ante los comportamientos agresivos de los hijos/as, para que se co-responsabilizen del conflcito.
- Ayudar a la persona agresora a tomar conciencia de las consecuencias de su comportamiento y a modificarlo.
- Integrar o reintegrar, si és el caso, a la persona agresora dentro de la red comunitaria (educativa, social, ocio, etc.)
- Dar apoyo y asesoramiento a otros servicios sobre los casos de violencia filioparental.
¿A quién se dirige?
Personas menores de edad y sus familias, cuando presenten comportamientos violentos hacia sus progenitores u otros miembros de la família mayores (abuelos, tios,etc.).
Se atenderà preferentemente a los que dispongan de resolución judicial para el cumplimiento de una medida.
¿Quién queda excluido?
Será motivo de exclusión sufrir trastorno grave de salud mental, no estabilizado y/o abuso o dependencia grave en cualquier droga, en fase activa.
¿Cómo se accede?
El sistema de acceso se realiza por medios electrónicos a través del trámite creado al efecto en sede electrónica «posar enllaç»
El professional o la entidad derivante debe rellar los datos solicitados y adjuntar la documentación necesario en cada caso.
¿Qué documentación es necesaria?
Para iniciar el trámite es imprescindible que exista una derivación previa. La documentación que deberá adjuntarse a la solicitud electrónica será la siguiente:
Obligatoria:
• Informe técnico de derivación que debe recoger la situación familiar y las intervenciones realizadas, en su caso.
Opcional:
• Libro de familia
• Resolución administrativa o judicial y/o sentencia judicial (si se dispone de ésta)
• Acreditación de la representación
¿Donde estamos?
La Dirección General de Infancia, Familias, Iguadad y Diversidad
c/ de Sant Joan de la Salle, 4 B, bajos, 07003 Palma, tel. 971 17 71 55 acollidesserveidefamilia@dgmenors.caib.es
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