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Cuota cero dual primer año 2024 - Autónomos y emprendedores

Autònoms

Cuota cero dual primer año 2024 - Autónomos y emprendedores

Objeto y finalidad:

El objeto de esta convocatoria es conceder subvenciones para financiar la cuota reducida (tarifa plana) de los trabajadores autónomos o el importe equivalente a la tarifa plana de los mutualistas, correspondiendo al primer año de cotización con los requisitos indicados en el apartado 3 de este anexo.

La finalidad de esta convocatoria es conceder subvenciones para fomentar la ocupación autónoma. Mediante estas ayudas se pretende dar respuesta a las necesidades de promover una ocupación productiva.

​​​​​​Personas beneficiarias:

Podrán ser beneficiarías de las subvenciones las personas físicas residentes en las Illes Balears que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos: ​

a)    Trabajadores autónomos que cotizan al Régimen especial de la Seguridad Social (en adelante RETA) y que no constaban cómo demandantes de ocupación antes del alta en el RETA y que además acrediten el derecho a la aplicación de la cuota reducida de cotización de la Seguridad Social (tarifa plana).
b)    Trabajadores autónomos que optan para cotizar en la Mutualidad correspondiente.

Requisitos:

Las personas beneficiarias tendrán que cumplir los siguientes requisitos en el momento de la presentación de la solicitud:

a)    Constar de alta en el RETA o en la Mutualidad correspondiente entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de julio de 2023 y se  hayan mantenido de manera ininterrumpida hasta la fecha de la solicitud de la ayuda, excepto en los casos en que justifiquen que el proyecto empresarial se ejecuta de forma estacional o por temporadas.
b)    Haber cotizado como mínimo las doce primeras cuotas de autónomo entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de julio de 2024; o haber cotizado cuatro cuotas en el caso de actividad estacional.
c)    Acreditar unos ingresos íntegros (del trabajo, del capital, de las actividades económicas y gananciales y pérdidas patrimoniales) inferiores o iguales al 130 por ciento del Salario mínimo interprofesional vigente a 2024, en la declaración del IRPF del ejercicio 2023. Queden exceptuados de este requisito los mutualistas que consten como demandantes de ocupación antes de dar de alta como autónomos.
d)    Constar de alta en el Censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
e)    Estar empadronado o empadronada en alguno de los municipios de las Illes Balears.
f)    Llevar a cabo la actividad empresarial y tener el centro de trabajo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
g)    Estar al corriente de pago de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria de las Illes Balears y con la Seguridad Social.
h)    Cumplir todos los requisitos previstos en la convocatoria.

Documentación a presentar:​

Las personas solicitantes tendrán que presentar, junto con su solicitud, los documentos siguientes:

1.    Declaración responsable sobre los puntos siguientes, de acuerdo con el modelo establecido - marque con una «X»

a)    Declaración de no estar sometido a ninguno de las prohibiciones que establecen los apartados 1 y 2 del artículo 10 del texto refundido de la ley de subvenciones, y artículo 13 de la Ley General de Subvenciones; ni tampoco haber sido sancionado de acuerdo con el que establece el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar el LGTBI-fobia, que se encuentra incluida en la solicitud.
b)    Declaración de todas las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitados para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales o, si se tercia, una declaración exprés de no haber solicitado u obtenido jefe; así como declaración responsable para garantizar que las ayudas solicitadas no superan, aisladamente o conjuntamente, el coste total de la actividad objeta de la subvención.
c)    Declaración de todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetos al Reglamento (CE) n.º 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis o a otros reglamentos de minimis.
d)    Declaración que en los últimos tres años no ha sido sancionado por resolución administrativa firme o condenado por sentencia judicial firme porque haya ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
e)    Declaración responsable que es cierta y completa la información contenida en la solicitud de subvención.
f)    Identificar la titularidad de la cuenta bancaria para recibir el ingreso de la subvención según el modelo incluido en la solicitud.
g)    Declaración responsable que cumple todos los requisitos y condiciones para el acceso a la subvención.

Documentación general:

(Documentación que debe presentar el interesado en caso de oponerse expresamente a autorizar a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a la verificación de los datos).

a)    Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
b)    Certificado de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
c)    Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente de pago de sus obligaciones.
d)    Informe vida laboral

Documentación técnica: (Documentación que se debe presentar obligatóriamente)

a)    Documentos acreditativos del abono de las 12 cuotas de la tarifa plana o importe equivalente por los mutualistas, correspondientes al primer año de alta como autónomos.
b)    Declaración del IRPF del ejercicio 2023, quedan exceptuados de este requisito los mutualistas que consten como demandantes de ocupación antes de dar de alta como autónomos.
c)    Certificado de situación censal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o, alternativamente, alta en el Censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaría, modelos de declaración censal 036 o 037, en que conste la fecha de inicio de la actividad y la localidad donde se ejerce.
d)    Certificado de empadronamiento en un municipio de las Illes Balears.
e)    El documento o certificado acreditativo de las facultades de representación, si procede, y siempre que no esté inscrito en el Registro electrónico de apoderamientos.
f)    En el supuesto que la persona solicitante se integre o esté integrada como partícipe en una sociedad civil o comunidades de bienes, se tendrá que adjuntar la documentación acreditativa de la constitución de esta.
Únicamente en el caso de mutualistas que acceden a la mutua desde el paro y constaban como demandados de ocupación:
g)    Certificado acreditativo de haber estado de alta como demandante de ocupación, al menos hasta una semana antes del alta en la mutua correspondiente.

Ámbito temporal y territorial:

Las primeras doce cuotas de cotización de la tarifa reducida de autónomos, o importe equivalente por los mutualistas, que se correspondan con el primer año de actividad.

El ámbito territorial de estas ayudas es el territorio de las Illes Balears.

Cuantía de las ayudas:

La cuantía de las ayudas tendrá que ser de 80 euros mensuales por cada una de las 12 mensualidades correspondientes al primer año de alta en el RETA o en la Mutualidad correspondiente.

Plazo y forma de presentación de las solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes empieza día 6 de septiembre de 2024 y finaliza el día 22 de septiembre de 2024, ambos incluidos, siempre que el crédito no se haya agotado antes.

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