Equivalencias reconocidas de títulos, diplomas y certificados de catalán
1. EQUIVALENCIAS RECONOCIDAS EN LAS ILLES BALEARS
La Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 determina los títulos, diplomas y certificados equivalentes (expedidos normalmente a partir de la superación de una prueba) que tienen una equivalencia directa con los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura (A2, B1, B2, C1, C2 y LA). Esto significa que cualquier administración u organismo de las Illes Balears los acepta como equivalentes y no pide ninguno otro documento acreditativo.
Un ejemplo de equivalencias directas son las que se fijan entre los certificados emitidos antes del 2011 y los emitidos a partir del 2011:
Certificados anteriores (antes del 2011) |
Certificados actuales (a partir del 2011) |
Nivel A |
Nivel B1 |
Nivel B |
Nivel B2 |
Nivel C |
Nivel C1 |
Nivel D |
Nivel C2 |
Nivel E |
Lenguaje administrativo (LA) |
Se pueden consultar el resto de equivalencias reconocidas en las Illes Balears, por nivel, en los documentos que hay al final de esta página.
En todos los casos reconocidos por la normativa vigente, la Dirección General de Cultura no expide ningún tipo de certificado.
En el caso de títulos, diplomas o certificados no incluidos en la Orden de 21 de febrero de 2013, es posible presentar una solicitud de equivalencia a la Dirección General de Cultura.
Presentación de la solicitud
1. Se puede tramitar la solicitud presencialmente mediante el modelo de solicitud que consta en el final de esta página.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se pueden presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica
- En las oficinas del Servicio de Formación y Certificación de Conocimientos de Català (c. de Alfons El Magnànim, 29, 1r piso, puerta 5), sin cita previa.
- En cualquier de los lugares que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Consulten las entidades locales integradas en el SIR y las oficinas de registro del Gobierno de las Illes Balears.
Nota: si la documentación se presenta en una oficina de registro no integrada en el Sistema Integrado de Registros o de fuera de las Illes Balears, hay que dirigirla a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes (código DIR3 : A04026906).
- Por correo postal. En este caso, hay que presentar los documentos dentro de uno sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
2. También se puede solicitar mediante el trámite telemático habilitado en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Para realizar el trámite, es necesario disponer de certificado digital o eDNI.
La resolución correspondiente se notifica a las personas interesadas mediante la Carpeta Ciudadana.
2. EQUIVALENCIAS EN OTROS TERRITORIOS
En los documentos que hay al final de la página se pueden consultar, por nivel, los títulos, diplomas y certificados expedidos a partir generalmente de una prueba por organismos otros territorios que tienen reconocimiento en las Illes Balears (País Valenciano, Cataluña y Andorra) y también los certificados expedidos en las Illes Balears y reconocidos en otros territorios. constan las equivalencias vigentes de los certificados de conocimientos de los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2.
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