Agricultura, Pesca y Medio Natural crea un plan de gestión para la pesca de la langosta en las aguas interiores de las Illes Balears
Agricultura, Pesca y Medio Natural crea un plan de gestión para la pesca de la langosta en las aguas interiores de las Illes Balears
Hay que actualizar la normativa autonómica para que concuerde con la de las aguas exteriores y se pueda mantener una gestión sostenible de la pesca de este crustáceo en los próximos años
12 noviembre 2024El Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) ha publicado hoy martes la Orden del conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, Joan Simonet, por la que se establece un plan de gestión para la pesca de la langosta (Palinurus spp.) en las aguas interiores de las Illes Balears. En este sentido, hay que recordar que la Administración del Estado publicó en el mes de febrero del año pasado la Orden APA/201/2023, de 26 de febrero, por la que se establece un plan de gestión para la pesca de la langosta (Palinurus spp.) en las aguas exteriores adyacentes a las Illes Balears. Esta Orden fija nuevas medidas técnicas dirigidas a mejorar la sostenibilidad de la pesca de la langosta en aguas exteriores adyacentes al archipiélago, razón por la cual es necesario actualizar la normativa autonómica, con la finalidad de que concuerde con la de las aguas exteriores y se pueda mantener una gestión sostenible de la pesca de este crustáceo en los próximos años.
La pesca de la langosta común o roja es una de las principales actividades de la flota de artes menores de las Illes Balears, por lo que «el mantenimiento de este recurso es de importancia capital para la supervivencia de la pesca profesional en el archipiélago», ha afirmado el conseller Simonet. En este sentido, hay que señalar que esta Orden es aplicable a los barcos españoles que pescan en las aguas interiores de las Illes Balears.
Este nuevo plan de gestión, que entra en vigor mañana miércoles, aunque se hace efectiva en la temporada de 2025, mantiene muchas de las regulaciones ya vigentes, como la veda de siete meses, la ausencia de descanso semanal obligatorio, la talla mínima o la prohibición de capturar hembras ovadas, pero incorpora novedades dirigidas a la mitigación del impacto ambiental de la actividad, tales como la reducción a 24 horas del periodo de calada de las redes en el mar, los materiales de las redes o la longitud máxima de los trasmallos. También incorpora medidas relativas a la captura accidental de aves marinas, tortugas, tiburones y caracoles marinos, y la posibilidad de compatibilizar la pesca con redes de langosta con el uso de aparejos de línea de costa.
Fecha de actualización: 12 noviembre 2024
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