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Servicio de Punto de Encuentro Familiar

Servicio de Punto de Encuentro Familiar

Servicio de Punto de Encuentro Familiar por derivación judicial

¿Qué es?

Servicio especializado de carácter psicosocial para la intervención y el cumplimiento del régimen de visitas en aquellas situaciones de separación, divorcio u otros supuestos de conflictividad familiar en las cuales la relación de los menores con algún progenitor/a o miembro de su familia se encuentra interrumpida o es de difícil desarrollo.

El Punto de Encuentro Familiar se complementa con el Programa de intervención terapéutica en familias con alta conflictividad y el Programa de intervención psicoeducativa intensa.

¿Qué objetivos tiene?

  • Facilitar el régimen de visitas en un espacio físico neutral.
  • Garantizar los derechos de las personas menores a relacionarse con ambos progenitores y con la familia extensa.
  • Dar apoyo a las familias para que puedan tener una relación normalizada respecto de los/las menores independientemente de la ruptura conyugal.
  • Prevenir y proteger a las personas menores de las situaciones de violencia y otras formas de maltrato infantil en relación con el cumplimiento del régimen de visitas.
  • Preparar a los progenitores para que logren la autonomía necesaria en su ejercicio de la parentalitat y de manera compartida, mejorando sus competencias parentales y/o familiares.

¿Como se accede?

El acceso en su Punto de Encuentro Familiar será por derivación judicial mediante resolución o pronunciamiento judicial.

¿A quién va dirigido?

Familias que, después de la ruptura conyugal y a partir de una resolución judicial, presentan las siguientes situaciones:

  • Dificultades para llegar a acuerdos en relación al régimen de visitas con los/las menores.
  • Existencia de violencia por alguna de las partes.
  • Carencia de competencias parentales para establecer una adecuada relación con los/las menores.
  • Enfermedad grave de un/a progenitor/a que requiere supervisión durante las visitas.
  • Riesgo de maltrato hacia el/la menor que precise supervisión profesional.
  • Interferencias parentales de uno o ambos progenitores.
  • Fuerte rechazo de la persona menor hacia uno de los progenitores.
  • Disponer de un lugar que facilite visitas con progenitores residentes fuera de la comunidad autónoma.
  • Otras situación donde así lo determine la autoridad judicial, mediante resolución.

¿Donde estamos?

Palma, Inca, Ciutadella de Menorca, Maó, Eivissa y Formentera.

Responsable:

Dirección general de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad.

C/ Sant Joan de la Salle, 4 b 07003 Palma

Tel: 971 177 155 Fax: 971 176 384

Empresa adjudicataria:

Contrato suscrito con la entidad UTE -ABIE-CAIF-APTACDMA en fecha 19 de julio de 2023 por la prestación del servicio de Punto de Encuentro Familiar.

C/ Pes de la Farina, 10, 3er, 2ona, 07001

Tel. 697 18 26 65

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