Co-marketing estratégico para acciones que mejoren la conectividad turística en el 2023 y 2024
Resolución por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la realización de convenios de colaboración de Co-marketing Estratégico con la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB) en acciones que mejoren la conectividad turística de las Islas Baleares con los mercados emisores en 2023 y 2024
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BENEFICIARIOS
Podrán solicitar la colaboración de la AETIB en esta convocatoria, las empresas o entidades privadas, estatales o internacionales, cuya actividad principal sea:
Línea actuación |
Requisito entidades solicitantes - actividad principal |
Línea A |
Compañía aérea que transporta pasajeros |
Línea B |
Compañía marítima que transporta pasajeros |
Y que se ajusten al objeto y cumplan los requisitos de esta convocatoria.
Se podrá presentar dentro de esta convocatoria como máximo una única solicitud por entidad y anualidad de ejecución de la campaña.
En caso de que otra compañía/entidad que pertenezca al mismo grupo empresarial también haya optado a esta u otra convocatoria pública de co-marketing realizada por la AETIB, las campañas que se deriven de ésta la colaboración deberán ser independientes, con creatividades perfectamente diferenciadas.
Es importante remarcar que por cada anualidad tendrán que presentar una propuesta y justificación independiente, aunque las acciones contenidas dentro de estas propuestas podrán ser una continuidad de la otra, siempre que se desarrollen y justifiquen cada una dentro de su propuesta. Es decir, las acciones de la campaña 2023 tendrán que finalizar día 31/12/2023 y las de la campaña 2024 no podrán empezar hasta el día 01/01/2024.
PLAZOS
El plazo para la presentación de las solicitudes de colaboración permanecerá abierto desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el BOIB, hasta agotar la dotación económica y, en cualquier caso, dentro de los plazos establecidos para cada una de las anualidades:
Campañas a ejecutar en: |
Fecha de inicio |
Fecha finalización |
2023 |
El día siguiente a su publicación en el BOIB |
26/06/2023 |
2024 |
01/09/2023 |
01/10/2023 |
Las entidades tendrán que presentar toda la documentación necesaria para su tramitación con un mínimo de 60 días naturales de antelación a la fecha de inicio la campaña publicitaria y, en todo caso, siempre dentro de los plazos de presentación de cada una de las anualidades descritos en la tabla anterior. En caso de incumplimiento de los plazos, la solicitud quedará excluida.
QUÉ TIPO DE CAMPAÑAS SE AJUSTAN EN ESTA CONVOCATORIA
A efectos de esta convocatoria, se ajustan todas aquellas campañas que en modalidad de co-marketing estratégico, con el fin de mejorar la conectividad turística del destino Islas Baleares, fuera de los meses de verano, tanto para el mercado nacional como internacionales .
Las campañas están destinadas a promocionar las Islas Baleares en los mercados emisores mediante la publicidad de rutas/trayectos directos ya existentes o el fomento para la creación de nuevas rutas/trayectos con cualquiera de los aeropuertos y/o puertos de las Islas Baleares.
Por tanto, se establecen las siguientes líneas de actuación de co-marketing estratégico de conectividad:
Línea actuación |
Tipo de entidad |
Línea A |
Compañías aéreas |
Línea B |
Compañías marítimas |
El objeto de las campañas a desarrollar será:
Línea actuación |
Campaña publicitaria de |
Línea A |
Rutas aéreas directas desde los mercados emisores a uno de los aeropuertos de las Islas Baleares |
Línea B |
Rutas marítimas directas desde los mercados emisores a uno de los puertos de las Islas Baleares |
Los mercados emisores de las Islas Baleares se detallan en los Planes de conectividad de las Islas Baleares.
Quedan excluidas de esta convocatoria las rutas/trayectos interislas.
Estas campañas deben promocionar una de las siguientes opciones:
Línea actuación |
Contenido promocional de la campaña |
Línea A |
En caso de compañías aéreas: |
|
|
Línea B |
En caso de compañías marítimas: |
|
Las campañas responderán a los siguientes plazos para todas las líneas de actuación:
Las entidades podrán elegir las fechas más adecuadas a su propuesta dentro de los períodos propuestos a continuación para cada una de las anualidades.
2023 |
|
Las campañas podrán desarrollarse/ejecutarse –ambos incluidos-: |
|
Fecha inicio |
Fecha de finalización |
Desde 60 días naturales a contar a partir del día después de la publicación en el BOIB de esta convocatoria |
hasta el 31/12/2023 |
La temporada que publicitará la campaña se -ambos incluidos-: |
|
Fecha inicio |
Fecha de finalización |
Desde 01/10/2023 |
hasta el 30/04/2024 |
Por tanto, no se podrá publicitar ningún período compras fuera de estas fechas. La campaña sólo podrá publicitar aquellos períodos donde las entidades colaboradoras dispongan de rutas/trayectos operativos directos con las Islas Baleares. |
2024 |
|
Las campañas podrán desarrollarse/ejecutarse –ambos incluidos-: |
|
Fecha inicio |
Fecha de finalización |
Desde el 01/01/2024 |
hasta el 31/12/2024 |
La temporada que publicitará la campaña se -ambos incluidos-: |
|
Fecha inicio |
Fecha de finalización |
Desde el 01/01/2024 |
hasta el 30/04/2024 |
Desde el 01/10/2024 |
hasta el 31/12/2024 |
Por tanto, no se podrá publicitar ningún período compras fuera de estas fechas, y más concretamente, dentro de la campaña de co-marketing propuesta no se podrá publicitar la temporada comprendida desde el 01/05/2024 al 30/09/2024. La campaña sólo podrá publicitar aquellos períodos donde las entidades colaboradoras dispongan de rutas/trayectos operativosdirectos con las Islas Baleares. |
Los períodos seleccionados tendrán que ser continuos, es decir, no se permitirán interrupciones entre la fecha de inicio y finalización.
Periodo mínimo de operatividad de la/s ruta/rutas/trayecto/trayectos que se promocionan con la campaña según cada línea de actuación
Línea actuación |
Periodos mínimos operatividad en relación con el destino al que se vincula la campaña y la ruta/mercado de origen. |
Línea A y Línea B |
En caso de compañías aéreas y marítimas: |
Obligatoriedad de cumplimiento del período mínimo de operatividad con relación al período que se publicita con la campaña y, por tanto, donde disponen de vuelos/rutas/trayectos operativos directos desde la ruta/mercado de origen al destino vinculado. |
|
El período mínimo de operatividad deberá cumplir en dos requisitos: Al menos 50 días con vuelos/rutas/trayectos operativos directos (desde la fecha del primer vuelo/ruta/trayecto al último) comprendidos dentro del período elegido y que se publicita con la campaña propuesta. Al menos con un 25% de días con al menos 1 vuelo/ruta/trayecto directo al destino vinculado y dentro del período que se publicita con la campaña. |
No se aceptarán campañas iniciadas previamente en la firma del convenio o que no cumplan con los requisitos estipulados en estas bases.
Se debe tener en cuenta que la campaña tan sólo podrá publicitar aquellos períodos donde las entidades colaboradoras dispongan de rutas/trayectos operativos directos con las Illes Balears.
El período seleccionado deberá ser continuos, es decir, no se permitirán interrupciones entre la fecha de inicio y finalización.
CAMPAÑA PARA EL FOMENTO DE LA SOSTENIBILIDAD
Con el fin de fomentar la sostenibilidad y la circularidad no sólo en el destino sino en la conectividad de éste, será requisito para las entidades solicitantes realizar alguna de las acciones que a continuación se detallan y que se apoyarán por parte de esta administración con la implementación de una campaña publicitaria de sostenibilidad simultánea en la campaña de co-marketing estratégico.
Esta campaña de sostenibilidad también será gestionada por la entidad solicitante donde la AETIB aportará hasta 30.000€ destinados a medios externos (impuestos incluidos), mientras que la entidad solicitante aportará la misma o superior cuantía que la AETIB , y que podrá invertir en medios propios o externos, a su elección.
El contenido de la campaña será dar a conocer la acción colaborativa de ambas entidades, que se potencia con esta actuación, con el objetivo de fomentar la sostenibilidad y circularidad del destino.
CUANTÍAS DE LA COLABORACIÓN
La presente convocatoria tiene un presupuesto máximo de 960.000 € (impuestos incluidos) financiados de la siguiente forma:
Un importe máximo de 480.000€ (impuestos incluidos) en el Capítulo VI – Inversiones Reales del presupuesto de la AETIB para el ejercicio 2023.
Un importe máximo de 480.000€ (impuestos incluidos) en el Capítulo VI – Inversiones Reales del presupuesto de la AETIB para el ejercicio 2024 condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de la AETIB para la anualidad 2024.
Este presupuesto se dividirá de la siguiente forma:
|
2023 |
2024 |
Línea actuación |
Importes máximos por línea de actuación(impuestos incluidos) |
|
Línea A |
350.000 € |
350.000 € |
Línea B |
130.000 € |
130.000 € |
TOTAL |
480.000 € |
480.000 € |
Debido a la condición de insularidad ya la gran importancia de la conectividad del destino para las Islas Baleares, se quiere promover el incremento de la misma mediante el impulso a las vías de entrada de las Islas más relevantes de acuerdo a las siguientes líneas de actuación y las limitaciones presupuestarias que se establecen en la siguiente tabla:
Línea de actuación |
IMPORTES MÁXIMOS DE SOLICITUD:límite máximo de colaboración de la AETIB por campaña ESTRATÉGICA (impuestos incluidos) |
% MÁXIMOS DE COLABORACIÓN (impuestos incluidos) |
Línea A |
125.000 € |
La colaboración económica será como máximo del 50% de la propuesta presentada (impuestos incluidos) |
Línea B |
60.000€ |
Para realizar estos cálculos se tomará como referencia el importe de la campaña con el descuento medio ofrecido previamente aplicado (impuestos incluidos).
Tanto en el presupuesto inicial como en la justificación, los importes deberán incluir los impuestos correspondientes a la normativa del país donde se realice/ejecute cada acción propuesta/ejecutada en la campaña.
Esta aportación económica podrá incrementarse por parte de la AETIB hasta 30.000€ más, que irán destinados a la ejecución de la campaña para el fomento de la sostenibilidad correspondiente a las actuaciones propuestas.
DISTRIBUCIÓN DE LA COLABORACIÓN
Para cumplir con la territorialización entre islas, se dedicará un porcentaje mínimo a co-marketing por destino, de acuerdo con el siguiente cuadro:
DESTINO |
% |
MALLORCA |
50,92% |
MENORCA |
17,23% |
IBIZA |
20,78% |
FORMENTERA |
11,07% |
DEBE TENERSE EN CUENTA |
APLICACIÓN DEL PORCENTAJES |
Para la línea de actuación A compañías aéreas |
Dado que el aeropuerto de Eivissa también es el puente de conexión aérea con la isla de Formentera, el porcentaje asignado al destino de Eivissa será el sumatorio del porcentaje correspondiente a la isla de Eivissa más el de la isla de Formentera (31,85%) |
Para la línea de actuación B compañías marítimas |
Seguirá la territorialización establecida |
Las campañas de co-marketing para el fomento de la sostenibilidad |
Se contabilizarán dentro de la partida presupuestaria correspondiente a la marca de destino de la campaña de co-marketing estratégico con la que se presenten. |
Asimismo, en caso de que una vez revisadas y valoradas las propuestas presentadas, dentro del plazo establecido en la convocatoria por cada una de las anualidades, no se hayan solicitado suficientes campañas de co-marketing estratégico hasta agotar los porcentajes por islas de destino, el presupuesto remanente se destinará al resto de solicitudes, al margen de esta territorialización.El orden de prelación se realizará por número de registro de entrada en la AETIB.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes deben presentarse exclusivamente de forma telemática, a través del trámite específico que se pone a disposición de los interesados en la página web de la Agencia Estratégica de Turismo de las Illes Balears y en la Sede Electrónica del Gobierno de las Islas Baleares. No se considerarán válidas las solicitudes telemáticas a través de otro medio electrónico que no sea el citado trámite específico.
Es obligatorio realizar un único registro por solicitud y por anualidad. En caso de más de un registro por solicitud o anualidad, sólo se aceptará el primer registro realizado.
En caso de que la documentación a entregar supere los 10MB y/o los 10 archivos, se deberá indicar en el ANEXO A1 un enlace de descarga que deberá estar operativo como mínimo durante 60 días, para facilitar la descarga por parte de la AETIB.
En caso de que el enlace de descarga de la documentación esté deshabilitado dentro del indicado plazo, se podrá requerir para su subsanación concediéndole un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la recepción del requerimiento, con el advertencia expresa de que, en caso de no hacerlo así, se procederá a valorar la solicitud de colaboración con la documentación que se disponga en ese momento, sin posibilidad de subsanación.
Con la solicitud se entregará la documentación administrativa y técnica que a continuación se describe y que se considera de obligada entrega.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA CON LA SOLICITUD
Está todo detallado en el punto 6 de la convocatoria de co-marketing estratégico y en el propio trámite de la sede electrónica.
FIRMA DIGITAL DE DOCUMENTOS
Para firmar electrónicamente un documento que deba presentarse en la Comunidad de las Islas Baleares, debe estar en formato PDF. Para firmar un documento PDF es necesario disponer de un certificado digital o un DNI electrónico.
Las herramientas gratuitas que recomendamos para firmar PDF son:
• El programa Adobe Reader DC:https://get.adobe.com/es/reader/Puede consultar el siguiente manual"Firmar un documento pdf con Adobe Reader"
• El programa Autofirma de la Administración General del Estado:http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
Fecha de actualización: 02 febrero 2024
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