Consejeros de seguridad
Pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.
La Orden del Ministerio de Fomento 605/2004, de 27 de febrero (BOE núm. 59, de 9 de marzo), sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril y por vía navegable encarga a las comunidades autónomas la convocatoria de los exámenes que tienen que superar aquellas personas que pretenden obtener o renovar los certificados de aptitud correspondientes.
1. Modalidades
Se convocan pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera que se tienen que llevar a cabo en las islas de Mallorca, Ibiza y Formentera.
a) Para la obtención del certificado, las personas interesadas se tienen que presentar a un examen para la modalidad de carretera, y pueden optar entre examinarse globalmente para todas las especialidades o de manera separada para alguna o algunas de las especialidades siguientes:
— Clase 1 (Materias y objetos explosivos)
— Clase 2 (Gases)
— Clase 7
— Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo europeo para el transporte internacional de mercancías peligrosas (ADR).
— Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina), 1223 (queroseno), 3475 (mezcla de etanol y gasolina o mezcla de etanol y combustible para motores), 1268 (destilados del petróleo NEP o productos del petróleo NEP) y 1863 (combustibles para motores de turbina de aviación).
b) Para la renovación, únicamente se pueden presentar al examen correspondiente al certificado que se pretende renovar.
Se pueden presentar al exámenes de renovación aquellas personas con el certificado de aptitud correspondiente que se encuentren dentro del último año anterior a la expiración del plazo de validez.
2. Exámenes
a) Para la obtención del certificado, los exámenes constan de dos pruebas:
— Una primera, en la cual no se permite la consulta de textos, que consiste en la respuesta a 50 preguntes tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versan sobre las materias incluidas a la ADR.
— Una segunda, en la cual se permite la consulta de textos legales, excepto aquellos en que figure la resolución de los supuestos o apuntes, que consiste en la realización de un estudio o supuesto que, con referencia al ámbito del modo del transporte y a la especialidad correspondiente, versa sobre las tareas y obligaciones que tiene que realizar y/o cumplir el consejero, indicadas al ADR.
El tiempo máximo de que pueden disponer los aspirantes para la realización de cada una de las pruebas es de una hora.
Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considera apto el aspirante cuando obtengui una puntuación igual o superior a 50 puntos en cada una de las pruebas. Las respuestas erróneas no se penalizan.
b) Para la renovación del certificado, la prueba de control consiste únicamente en la realización de la primera de las pruebas expuestas en el apartado a) anterior, y en las mismas condicionas requeridas para el examen de acceso.
c) Tanto el examen de obtención como el de renovación se basarán en la ADR vigente (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera) (BOE núm. 65, de 17 de marzo de 2023) y el Real decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el cual se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español (modificado por RD 70/2019, de 15 de febrero).
3. Solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta Resolución en el BOIB .
Las solicitudes se tienen que presentar en la sede de la Dirección general de Movilidad y Transporte Terrestre, situada en la calle de Eusebi Estancia núm. 28 de Palma , en la sede del Cabildo de Ibiza situada a la avenida de España núm. 49 de Ibiza, o en la sede del Cabildo de Formentera situada en el coso de la Constitución núm. 1 de Sant Francesc Xavier de Formentera, en el modelo normalizado a que hace referencia el anexo 2 de esta Resolución, o bien vía telemática a través de la página web de la Consejería de Movilidad y Vivienda (www.caib.es) a través del acceso directo a la Dirección general de Movilidad y Transporte Terrestre.
La solicitud se tiene que acompañar del justificante del pago de la tasa debidamente agasajado y con el sello y justificante de la entidad bancaria de haber satisfecho el importe correspondiente.
4. Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, la directora general de Movilidad dictará Resolución por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión y la publicará en el tablón de anuncios de esta Dirección general y a la página web http://www.caib.es/sites/direcciogeneraldetransports/ca/consellers_de_seguretat_-2932/
Los aspirantes excluidos, así como aquellos que no figuren en la relación de admitidos o lo hagan con algún dato erróneo, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la exposición de la Resolución mencionada, para enmendarlo.
Una vez finalizado el plazo, la directora general de Movilidad dictará Resolución aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión y la publicará al tablón de anuncios de la Dirección general y a la página web http://www.caib.es/sites/direcciogeneraldetransports/ca/consellers_de_seguretat_-2932/
5.Documentación
CONVOCATORIA |
OCTUBRE 2024 |
Convocatoria | 05/10/2024 - BOIB: BOIB Resolución - Octubre 2024 |
Inscripción (física o telemática) |
Física: Hoja de inscripción Telemática: Trámite telemático de inscripción |
Lista de admitidos y excluidos |
28/10/2024 - Provisional: Diligencia - Lista 30/10/2024 - Definitiva: Diligencia - Lista |
Lista de aptos |
11/11/2024 - Provisional: Lista 02/12/2024 - Definitiva: Lista |