Registro de centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero

Introducción

Tienen que solicitar la autorización y tienen que estar inscritos en este registro los centros dedicados a la limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de:


a) Animales de producción, incluidas las especies cinegètiques y los canes de canilla, pero exceptuadas las caseres de abejas, los moluscos y los crustáceos.
b) Productos para la alimentación de los animales de producción citados.
c) Subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.

Se asignará un número de autorización a cada centro de limpieza y desinfección autorizado. Esta autorización podrá limitarse a una o varias especies particulares de animales de producción, a determinadas categorías o estatuto sanitario de dichos animales, a determinados productos para la alimentación de los animales, o a determinadas categorías de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano. Así mismo, la autorización se podrá suspender, modificar o extinguir en función de la situación sanitaria de la zona de localización del centro concreto.

Destinatarios


Responsables de centros de de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero.

Requisitos


Para poder ser autorizados miedo la autoridad, los centros de limpieza y desinfección tendrán que reunir, al menos, los siguientes requisitos:


- Estar situados a una distancia mínima de un kilómetro de cualquier explotación ganadera, con las siguientes excepciones:


a. Los anejas en centros de concentración, mataderos y puntos de parada para el descanso de animales. Así mismo, los centros anejas a plantas de transformación, plantas intermedias y almacenes de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano, así como a plantas de biogás y compostaje en que se utilizan, transforman o composten dichos subproductos.


b. Los centros de limpieza y desinfección construidos para dar servicio exclusivo a explotaciones ganaderas individuales o agrupadas, asociaciones ganaderas o entidades societarias agrícolas de cualquier tipo, incluidas las agrupaciones de defensa sanitaria, sociedades cooperativas agrarias o de explotación comunitaria de la tierra y sociedades agrarias de transformación, así como a empresas de productos para la alimentación animal.


c. Aquellos casos en que , miedo concurrir circunstancias específicas de aplicación o factores de especial consideración, como la ubicación de las explotaciones o la situación sanitaria específica de la zona que se trate, mediante norma se exima de este requisito.


- Estar situados en una zona que no esté sometida a una prohibición o restricción en conformidad con la legislación sanitaria vigente. En el momento que se declare una epizootia y se restrinjan los movimientos en la zona donde estén ubicados, sólo podrán dar servicio en los vehículos de esta zona.


- Disponer de un responsable de la elección y dilución del plaguicida o biocida de uso ganadero, la desinfección de los vehículos, y del control de la documentación, que tendrá que estar en posesión del carné de manipulador de plaguicidas o biocida de uso ganadero o documentación equivaliendo expedida o reconocida por la autoridad competente.

Documentos


Criterios mínimos que tienen que reunir los equipos e instalaciones (12Kb )


Lugar


La solicitud de inscripción se tiene que enviar al Servicio de Ganadería de la Dirección general de Medio Rural y Marí, por eso se tiene que presentar la solicitud a cualquier delegación comarcal del FOGAIBA o Cabildo (Dirijas_delegaciones_comarcales.pdfDirijas_delegaciones_comarcales.pdf), o bien en la forma o bien en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. 

 
Órgano competente para resolver


Director general de la Dirección general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Centro: Dirección general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. C/Reina Constanza, 4. 07006 Palma