1. Antecedentes

Desde hace molidos de años a un gran número de municipios de las Islas Baleares se llevan a cabo mercados, ferias y otras concentraciones ganaderas, molidos de los cuales anualmente, con el fin de difundir y promover la ganadería balear y también de mejorar las razas de interés para nuestra comunidad.

Estas concentraciones representan un riesgo sanitario evidente por la gran afluencia de animales de distintos orígenes y especies. Por este motivo, es muy importante llevar a cabo la programación y el control higiénico sanitario del acontecimiento, y que el veterinario responsable tengui en cuenta su implicación en el control de enfermedades y en la elaboración de un diseño del manejo adecuado.

2. Base legislativa

  • Sección 2a de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
  • Artículo 25 de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven al entorno humano.
  • Decret 56/1994, de 13 de maig, pel qual s'aprova el Reglament per al desplegament i l'aplicació de la Llei 1/1992, de 8 d'abril, de protecció dels animals que viuen a l'entorn humà.
  • Decreto 37/1989, de 31 de marzo, por el cual se regulan los certámenes ganaderos con presencia de ganado vive en la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
  • Resolución de la consejera de Agricultura y Pesca, de 31 de agosto de 2006, por la cual se establecen medidas relativas en la prevención de la influença aviària.


3. Ámbito de aplicación

Para llevar a cabo certámenes ganaderos al ámbito de la comunidad autónoma de las Islas Baleares es preceptiva la autorización previa de la Consejería de Medio ambiente, Agricultura y Pesca.

4. Solicitud de autorización

Como mínimo treinta días antes de la fecha del certamen, el ayuntamiento o la comisión organizadora tiene que presentar a la Consejería de Medio ambiente, Agricultura y Pesca una solicitud de autorización, que tiene que recoger explícitamente la identificación del certamen (de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 37/1989) y del día y el horario en que tiene que tener lugar.

Junto con la solicitud, se tiene que presentar la memoria zoosanitària firmada por el veterinario responsable del certamen. En caso de que el mismo día y en el mismo lugar se lleven a cabo dos o más tipo de certámenes, se tiene que presentar una única memoria zoosanitària que los describa.

  • Modelo de solicitud para los ayuntamientos

SOL_AUTORITZACIO_FIRES_RAMADERES_AJUNTAMENTS.PDFSOL_AUTORITZACIO_FIRES_RAMADERES_AJUNTAMENTS.PDF

  • Modelo de solicitud para las comisiones organizadoras

SOL_AUTORITZACIO_FIRES_RAMADERES_COMISSIO_ORGANITZADORA.PDFSOL_AUTORITZACIO_FIRES_RAMADERES_COMISSIO_ORGANITZADORA.PDF

  • Esquema MEMORIA ZOOSANITÀRIA certámenes ganaderos

Esquema_MEMORIA_ZOOSANITARIA_certamens_ramaders_modificat_16.03.17.pdfEsquema_MEMORIA_ZOOSANITARIA_certamens_ramaders_modificat_16.03.17.pdf

  • Normativa aplicable Certámenes ganaderos

Normativa_aplicable_Certamens_ramaders.pdfNormativa_aplicable_Certamens_ramaders.pdf