¿Cuáles son los requisitos para participar en cada cuerpo?
Los requisitos que debes cumplir para poder acceder a plazas de los cuerpos de servicios generales son los siguientes:
Titulación | Nivel de catalán | |
Cuerpo abogacía | Doctorado, licenciatura o título universitario de grado en derecho | C1 |
Cuerpo superior | Doctorado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o título universitario de grado | C1 |
Cuerpo de gestión | Título universitario de grado (completo), diplomatura o equivalente, o haber superado tres cursos completos, o el primer ciclo de licenciatura | C1 |
Cuerpo administrativo | Bachillerato o título de técnico superior en formación profesional (técnico especialista), prueba de acceso universitario para mayores de 25 años | C1 |
Cuerpo auxiliar | Graduado escolar, graduado en educación secundaria obligatoria (ESO), el título de técnico en formación profesional (técnico auxiliar y formación profesional 1 -FP1- o formación profesional de grado medio) o las acreditaciones equivalentes | B2 |
Cuerpo subalterno | No exige titulación | B1 |
Recuerda que:
Para ser admitidas a las pruebas selectivas que se convoquen, las personas interesadas han de cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada una de las convocatorias y durante el proceso selectivo, los requisitos siguientes:
Tener la nacionalidad española o alguna otra de las que permiten el acceso al empleo público según el artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del empleado público, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2015.
Tener dieciséis años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
No haber sido separadas, mediante un expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de manera absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.
Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal de acuerdo con la forma que establece la base 6. Solicitudes. De acuerdo con lo que prevé el artículo 15 de la Ley 14/1998, de 23 de desembre, de diversas medidas tributarias y administrativas, quedan exentos del pago de la tasa de derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que se requieran para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad en que se incluyen las plazas ofertadas.
Estar en posesión del título académico exigido o del nivel de titulación exigido en la convocatoria específica, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes.
En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, deberá aportarse la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, se deberá presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1665/1992 y otras normas de transposición y desarrollo.
Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana que se indique en la convocatoria específica. Estos conocimientos se acreditarán mediante la aportación del título o del certificado oficial correspondiente, expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por el órgano competente de la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes. Consulta aquí la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud