Factor de Insularidad
El Factor de Insularidad de las Illes Balears, que se configura como el instrumento financiero destinado a asegurar la debida compensación de las consecuencias económicas inherentes a la discontinuidad territorial que implica el hecho insular, especialmente en materia de inversión pública.
El Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero, del Régimen Especial de las Illes Balears regula en su Título III el Factor de Insularidad de la Comunidad Autónoma, estableciendo su artículo 17 que se incluirá como dotación en los Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio una asignación del Factor de Insularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que se ejecutará conforme a la naturaleza y reglas expuestas en los artículos siguientes.
En el apartado 1 del artículo 18 del Real Decreto-ley se establece que la dotación inicial para el primer ejercicio se fijará a partir de una metodología consensuada en el marco de la correspondiente Comisión Mixta de Economía y Hacienda, considerando los desequilibrios inherentes a la discontinuidad territorial propia del hecho insular y plurinsular, especialmente en materia de inversiones.
En particular, las necesidades de inversión a considerar a efectos de la mencionada dotación inicial partirán de la base del nivel de inversión media anual del Estado en el conjunto del territorio español dentro del período temporal que con esta finalidad se determine, sin perjuicio de considerar asimismo cuantas magnitudes y variables resulten procedentes para la fijación cuantitativa de tal dotación.
Asimismo, en el apartado 2 se indica que, para los ejercicios siguientes, la dotación anual para el año «t» se calculará aplicando a la dotación inicial su índice de actualización. Establece el precepto que se entiende por índice de actualización el cociente resultante de dividir el importe total de las inversiones ejecutadas por el Sector Público Estatal en infraestructuras ferroviarias de alta velocidad y en carreteras de interés general correspondiente al ejercicio presupuestario «t-2» y los mismos conceptos, en términos homogéneos, referidos al ejercicio presupuestario que se fije como año base.
Por su parte, el artículo 19 identifica el destino del Factor de Insularidad precisando que la dotación presupuestaria servirá para financiar actuaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en ámbitos de actuación especialmente afectados por la situación de insularidad y, específicamente, en las materias que el precepto enumera.
El apartado 1 del artículo 20 señala que la Comisión Mixta de Economía y Hacienda se reunirá al menos dos veces al año para decidir, dentro del primer cuatrimestre, sobre la selección y la asignación que, en su caso, corresponda a los proyectos presentados, y para proponer, dentro del segundo semestre de cada año, la cuantía del Factor de Insularidad para el año siguiente en el marco de lo dispuesto en el artículo 18. Asimismo, podrán constituirse grupos de trabajo para realizar los trabajos preparatorios que la Comisión considere procedentes.
Proyectos del Factor de Insularidad
La Comisión Mixta de Economía y Hacienda reunida en sesión de fecha 23 de septiembre de 2021 acordó la dotación del Factor de Insularidad en el año base 2020, que en aplicación de la misma asciende a 109.661,22 miles de euros, cuyo importe coincide con la dotación inicial de 2022.
Asimismo, se acordó la delegación en la Subcomisión de las funciones que el artículo 20 del Real Decreto-ley atribuye a la Comisión Mixta, entre ellas, la selección de los proyectos que se financian con la dotación del Factor de Insularidad en cada ejercicio.
Hasta la fecha, se ha acordado el reparto de las dotaciones del ejercicio 2022 y del ejercicio 2023, que ascienden a un total de 213.484.120 euros.
1. Dotación 2022: 109.661.220 euros (Subcomisión de 29 de septiembre de 2022)
El 29 de septiembre de 2022 la Subcomisión determina el reparto de los 109.661.220 euros en los proyectos que figuran en la tabla superior. La primera columna refleja el reparto inicial realizado de la dotación de 2022.
2. Dotación 2023: 103.822.900 euros (Subcomisión de 11 de mayo de 2023)
De conformidad con lo indicado en el apartado 2 del artículo 18 del Real Decreto-ley, la dotación del factor de insularidad correspondiente al año 2023 deberá calcularse aplicando a la dotación inicial su índice de actualización, que se define como el cociente resultante de dividir el importe total de las inversiones ejecutadas por el Sector Público Estatal en infraestructuras ferroviarias de alta velocidad y en carreteras de interés general correspondiente al ejercicio presupuestario 2021 y los mismos conceptos, en términos homogéneos, referidos al ejercicio presupuestario 2020, que es el que se ha fijado como año base.
De acuerdo a lo indicado anteriormente, la dotación anual para el año 2023 aprobado en el Acuerdo de la Subcomisión de 11 de mayo de 2023 asciende a 103.822.900 euros.
Parte de la dotación de 2023 se utiliza para financiar proyectos ya seleccionados en 2022. El resto, 74.132.626 euros, se utiliza para financiar nuevos proyectos. Los nuevos proyectos se reflejan en la tabla inferior.
Además, en la dicha subcomisión se realiza una reprogramación de los proyectos de 2022 para ajustar la dotación a las previsiones de ejecución actualizadas.
El importe del reparto de la dotación de 2023 junto con la reprogramación de 2022 se presenta en la segunda columna.
Finalmente, la tercera columna presenta el importe total de proyecto. Dicho importe podrá ser financiado con otras fuentes de financiación (Reat-EU, ITS, fondos propios…) y con cargo a futuras dotaciones del Factor de Insularidad si así se acordase.
Peculiaridades:
- Los proyectos 01FI2022 y 02FI2022 son proyectos relacionados con infraestructuras hidráulicas de ABAQUA. En la Subcomisión de mayo de 2023 se decide que se integren dentro del proyecto 03FI2023 de “Actuaciones en materia de gestión del agua e infraestructuras hidráulicas”, que además de las actuaciones acordadas en 2022, incluye otras actuaciones.
- Los proyectos 15FI2022 y 20FI2022 se quedan sin dotación del Factor de Insularidad en el acuerdo de mayo de 2023 ya que se prevé financiar íntegramente estos proyectos con fondos del programa React-EU.
Total dotación proyectos FI 2022 | 139.351.494 |
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Total dotación proyectos FI 2023 | 74.132.626 |
Total FI 2022 + 2023 | 213.484.120 |
2023
2022
Notas: (a) y (b) son proyectos de ABAQUA que en la nueva versión se engloban en el proyecto 03FI2023, (c) reparto de la dotación del FI de los ejercicios 2022 y 2023 incluyendo la reprogramación de los proyectos del FI de 2022, (d) y (e)son proyectos que, a pesar de incluirse en el FI de insularidad de 2022, está planificado que se financien íntegramente con el programa REACT-EU.