Juntas de explotación
Las Juntas de explotación de acuíferos se pueden crear a instancias de la Administración Hidráulica, cuando las circunstancias que se produzcan lo justifiquen. El ámbito y la composición se fijan por la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente, oída la Junta Insular de Aguas competente.
De momento no hay ninguna formada.